¿Un extranjero que labora temporalmente en el país tiene obligación de comunicar al Instituto Nacional de Migración su cambio de domicilio?

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Soy representante legal de una empresa que se dedica al diseño de software. Hace algunos meses, uno de los programadores de la empresa, que trabaja en la sucursal de Canadá y tiene esa nacionalidad, vino a nuestro país con objeto de diseñar un programa para mejorar la administración de la compañía; por este motivo, tuvimos que presentar una serie de documentos ante la Secretaría de Relaciones Exteriores para comprobar la estancia legal de dicha persona en México, además de indicar al Instituto Nacional de Migración (INM) el domicilio donde viviría mientras estuviera en nuestro país; sin embargo, en días pasados, el programador nos comentó que necesita realizar varias pruebas en las sucursales que tenemos en Guadalajara, por lo que cambiará su domicilio por algunos meses más. Por ello, quiero saber si esta persona debe comunicar su cambio de domicilio al INM.

Lector de Monterrey, Nuevo León

Pregunta

¿Un extranjero que labora temporalmente en el país tiene obligación de comunicar al Instituto Nacional de Migración su cambio de domicilio?

Respuesta

Sí; en este sentido, el artículo 63, segundo párrafo, de la Ley de Migración dispone lo siguiente (énfasis añadido):

63 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Los extranjeros tendrán la obligación de comunicar al instituto de cualquier cambio de estado civil, cambio de nacionalidad por una diversa a...

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