Conozca las acciones legales y extrajudiciales del Infonavit para recuperar su cartera vencida

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El Infonavit es un organismo de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propios que tiene por objetivo administrar los recursos del fondo nacional de la vivienda, establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para adquisición de viviendas, construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones y pago de pasivos contraídos por los conceptos anteriores, así como coordinar y financiar programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores.

Este fondo de vivienda será conformado con las aportaciones patronales que de acuerdo con el artículo 29, fracción II, de la Ley del Infonavit los empleadores están obligados a enterar al instituto.

En este sentido, en caso de incumplimiento patronal el instituto, según el artículo 30, fracciones I, II, III, V y VI, de la Ley del Infonavit, en su carácter de organismo fiscal autónomo tiene las atribuciones siguientes:

  1. Determinar en caso de incumplimiento, el importe de las aportaciones patronales y los descuentos omitidos, con su respectiva actualización y recargos.

  2. Recibir en sus oficinas los pagos de los créditos fiscales.

  3. Realizar el cobro y la ejecución correspondiente de las aportaciones patronales y los descuentos omitidos.

  4. Requerir información a los patrones que omitan el cumplimiento de sus obligaciones.

  5. Determinar la existencia de obligaciones incumplidas.

De las facultades anteriores se puede observar que el Infonavit tiene el carácter de organismo fiscal autónomo únicamente al determinar las aportaciones y los descuentos patronales omitidos. Por lo anterior, al firmar un contrato de otorgamiento de crédito a un trabajador ese carácter no le es atribuible, debido a que dicho acto emana de acuerdos celebrados entre particulares.

Por tanto, al adquirir el carácter de particular, el Infonavit tiene la facultad tanto de llevar a cabo actos de cobranza a trabajadores como de contratar la prestación de servicios de despachos especializados, lo que permitirá agilizar la recuperación de la cartera, a fin de obtener mayores ingresos y ofrecer más créditos.

Lo mencionado se confirma en la tesis aislada emitida por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito que se cita enseguida:

INFONAVIT. CUANDO CELEBRA CONTRATO DE OTORGAMIENTO DE CREDITO PARA EL PAGO DE BIENES INMUEBLES, NO TIENE EL CARACTER DE AUTORIDAD. El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), tiene el carácter de autoridad en tanto actúa como organismo fiscal autónomo para requerir sobre las aportaciones y descuentos omitidos por los particulares, pero tal carácter no le es atribuible cuando a través de sus representantes u órganos administrativos expresa unilateralmente la voluntad de rescindir el contrato celebrado para el otorgamiento de crédito y el pago de los bienes inmuebles que financía, debido al incumplimiento de sus cláusulas por parte de los quejosos, porque tal acto emana de acuerdos celebrados entre particulares, y en esa virtud debe sobreseerse en el juicio de garantías.

Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, octava época, tomo III, segunda parte-1, enero a junio de 1989, página 394.

Amparo en revisión 224/88. 18 de abril de 1989. Unanimidad de votos.

Estrategia de depuración de la cartera vencida del Infonavit

Debido a que la Ley del Infonavit no establece en forma expresa la facultad del instituto para ejercer actividades de cobro, y que éste la adquiere cuando firma un conve-nio con un particular (trabajador), a través del consejo de administración ha definido un proceso de depuración de la cartera vencida de créditos.

Así, el consejo de administración del Infonavit aprobó que la Comisión de seguimiento de metas analizará y dictaminará la "Estrategia de depuración de la cartera vencida del instituto", la cual será coordinada por la Sub-dirección General de Administración de Cartera, y contiene las etapas siguientes:

  1. Cobranza ordinaria. Implica el descuento vía nómina que se realiza a los trabajadores, siempre que estén sujetos a una relación obrero-patronal; es decir, el patrón retiene la amortización y la entera al instituto.

    En este sentido, existen diferentes formas de descuento de los créditos de vivienda: a) descuento en porcentaje, que se determina en función del salario percibido por el trabajador acreditado; b) cuota fija en monetario, que consiste en aplicar directamente el importe señalado en el aviso de suspensión de descuentos y c) cuota fija en veces el salario mínimo que entró en vigor a partir del 1o. de enero de 2003 con la publicación de las reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes del Infonavit; en esta modalidad el instituto establecerá la cuota fija mensual en veces el salario mínimo, proporcional al monto del crédito, la cual tendrá que multiplicarse por el SMG vigente en el Distrito Federal al momento del pago, para obtener el importe por cubrir.

    Así, cuando un trabajador acreditado deje de formar parte de una relación laboral formal, ya no se le podrá hacer el descuento vía nómina; ante esta situación el Infonavit ofrece a los acreditados la opción de sujetarse al régimen especial de amortización, a través del cual podrán realizar los pagos por mensualidades vencidas directamente al Infonavit.

    Sin embargo, a pesar de las facilidades que se ofrecen a los acreditados, en ocasiones éstos no cumplen con los pagos oportunamente, por lo que el instituto procede a realizar otras acciones de cobranza.

  2. Cobranza...

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