Evaluación del Sistema de Alertas de los Municipios Cuenta Pública 2017

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Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México.
notacefp / 034 / 2018
Evaluación del Sistema de Alertas de los
Municipios
Cuenta Pública 2017
Presentación
El Sistema de Alertas evalúa el nivel de endeudamiento de los entes públicos
locales que tienen contratados financiamientos y obligaciones inscritas en el
Registro Público Único, cuya fuente o garantía de pago sean los ingresos de libre
disposición.
De acuerdo a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los
Municipios (en adelante, “la Ley”), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
(SHCP) deberá de llevar a cabo dicha evaluación de manera semestral para el caso
de los municipios, realizando también una evaluación anual, utilizando en este caso
información de Cuenta Pública. Las evaluaciones semestrales tendrán carácter
meramente informativo y de seguimiento, mientras que la evaluación anual tendrá
carácter vinculante sobre el techo de financiamiento al que podrán acceder los entes
públicos.
Nota Informativa
20 de agosto de 2018
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Centro de Estudios de las Finanzas Públicas
La evaluación que se presenta en este documento sobre los municipios corresponde
a la Cuenta Pública para ejercicio fiscal 2017.
Metodología del Sistema de Alertas
La Ley establece que se deben de considerar tres indicadores para la evaluación
del nivel de endeudamiento del ente público local:
Indicador 1: Deuda Pública y Obligaciones como proporción de sus Ingresos de
Libre Disposición, vinculado con la sostenibilidad de la deuda del ente público.
Dentro de la medición del saldo de Deuda Pública y Obligaciones se contabiliza el
saldo de aquellos créditos contratados por el ente público, emisiones bursátiles,
deuda en la cual el ente público otorga su respaldo mediante una fuente de pago
propia, Obligaciones derivadas de Asociaciones Público-Privadas (contabilizando
únicamente la parte de inversión), y cualquier otra obligación que implique pagos
financieros programados. Por su parte, los Ingresos de Libre Disposición incluyen
los Ingresos locales más las Participaciones Federales; especificando que en el
caso de las Entidades Federativas, se restarán aquellas Participaciones Federales
otorgadas a los Municipios.
Indicador 2: Servicio de la Deuda y Obligaciones como proporción de sus Ingresos
de Libre Disposición, vinculado con la capacidad de pago. En la medición del
servicio se contabilizan las amortizaciones, intereses, comisiones y demás costos
financieros derivados de los Financiamientos y Obligaciones incluidos en el
indicador anterior, exceptuando aquellas amortizaciones de refinanciamientos, las
realizadas de manera anticipada y de obligaciones a corto plazo.
Indicador 3: Obligaciones a Corto Plazo y Proveedores y Contratistas, menos los
montos de efectivo, bancos e inversiones temporales, sobre los Ingresos Totales, el
cual muestra la capacidad financiera del ente público para hacer frente a sus
obligaciones contratadas a plazos menores de 12 meses. Los Ingresos Totales se
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Centro de Estudios de las Finanzas Públicas
definen como los Ingresos de Libre Disposición más las Transferencias Federales
Etiquetadas.
En el anexo, al final del documento, se presentan los valores para cada una de las
variables por municipio. La siguiente tabla determina los límites de los rangos de los
valores de los indicadores por nivel de endeudamiento en el Sistema de Alertas que
aplican a los municipios.
Considerando la combinación de los rangos en que se ubiquen los indicadores, se
clasifica al ente público de acuerdo a los siguientes niveles de endeudamiento:
Sostenible;
En Observación; o
Elevado
De acuerdo a la Ley, si el municipio se ubica en un nivel de Endeudamiento
Sostenible, como máximo podrá incurrir en un endeudamiento adicional
equivalente al 15% de sus Ingresos de Libre Disposición. Si se clasifica con un
Endeudamiento en Observación, el límite de endeudamiento será de 5% sobre
dichos ingresos. Finalmente, si cuenta con un Endeudamiento Elevado no podrá
contratar financiamiento adicional en ausencia de un convenio de ajuste en sus
Bajo Medio Alto
Deuda Pública y Obligaciones sobre Ingresos
de Libre Disposición
<=60.0% <=120.0% >120.0%
Servicio de la Deuda y Obligaciones sobre
Ingresos de Libre Disposición
<=5.0% <=10.0% >10.0%
Obligaciones a Corto Plazo y Proveedores y
Contratistas sobre Ingresos Totales
<=15.0% <=25.0% >25.0%
Fuente: SHCP.
Indicador
Rango

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