Evaluación de la operación de los programas que integran el Programa Especial Concurrente

Páginas127-150
CAPÍTULO 5
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En este capítulo se presenta un análisis conjunto de la elaboración e
instrumentación del ; se analiza su estructura operativa, los mecanismos
y modalidades de articulación institucional para su implementación, los
mecanismos de difusión, la focalización y cobertura de los programas que
lo integran, así como los avances de su imphlementación en las entidades
federativas.
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El  representa uno de los tres instrumentos rectores que se derivan de la
; con su instrumentación se busca propiciar la concurrencia de programas
y acciones, y promover la corresponsabilidad de los distintos órdenes de
gobierno, en el marco del federalismo y la descentralización como criterios
rectores de la acción del Estado en apoyo del desarrollo rural sustentable.
Particularmente, a la , como órgano de coordinación y
concertación, le corresponde atender, coordinar y dar seguimiento a las
acciones y programas de las dependencias y entidades, relacionadas con el
desarrollo rural sustentable. A través de este órgano, con la participación de
todas las dependencias gubernamentales que la integran, tanto en el Centro
como en las entidades en las que ya se elaboró el , se ha pretendido avanzar
en la identificación de duplicidades y en el estudio de complementariedades
de los programas que lo integran, buscando la reestructuración de éstos con
base en criterios de agrupación que consideren las poblaciones objetivos y las
vertientes de aplicación del , cuyo fin último es la simplificación de su
operación y eficientar la aplicación de los recursos dirigidos al sector rural.
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Asimismo, el , como órgano consultivo del Ejecutivo Federal, es
el encargado de promover que en el ámbito de las entidades federativas, los
municipios y regiones, se tenga la más amplia participación. En este contexto,
se integraron los Consejos para el Desarrollo Rural Sustentable, homologados
al Consejo Mexicano, en las entidades, en las regiones, en los  y en los
municipios.
De acuerdo a como lo establece la  y en términos de los objetivos del
, con la creación de estos consejos se está buscando propiciar una mejor
instrumentación de las políticas de desarrollo rural en todos los ámbitos,
tomando como eje rector las disposiciones de dicha Ley.
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En el Decreto de  para el Ejercicio Fiscal 2004, se señala que las
dependencias que integran la  deberán incorporar mecanismos de
coordinación institucional que eficienten el gasto asociado a la entrega de los
apoyos y los de operación para el seguimiento, supervisión y evaluación, de
manera que se generen oportunidades para canalizar los recursos a través de
una sola ventanilla gubernamental de gestión y entrega de recursos. Asimismo,
se señala la necesidad de identificar programas y componentes similares que
operan las dependencias y entidades, a fin de que se definan los alcances de
cada uno de ellos y evitar duplicidades.
En atención a lo anterior, con la creación de los consejos se está avanzando
hacia la concurrencia de los instrumentos de política de desarrollo del sector
rural (programas y acciones que integran el ) de las diferentes secretarías
de estado integrantes de la , que tienen a su cargo funciones torales en
dicho sector y que son de alta prioridad para el país.
En las entidades en las que ya se elaboró el  estatal, que en realidad
se trata de un diagnóstico estatal en el que no se aborda la problemática
estructural para lograr la concurrencia de los programas institucionales,
o incluso donde no se presenta una propuesta estatal de articulación y
concurrencia institucional, y en los estados que ya se crearon dichos consejos,
resalta el papel que están desarrollando los  y los , en cuanto a
la orientación y distribución de los recursos de algunos de los programas que
integran el ; sin embargo, la participación de esos órganos es limitada en
cuanto al número de casos en los que se está dando una articulación.

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