Estímulos fiscales en IVA

AutorCarlos Terrazas Limas
Páginas26-30
26 JUNIO 2015
ESTÍMULOS
FISCALES EN IVA
POR SERVICIOS PARCIALES DE
CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA
Por Carlos Terrazas Limas
El sector de desarrollo de vivienda conoce bien la controversia que durante
varios años lo ha confrontado con las autoridades fiscales, respecto de la
diversa interpretación que ambas partes han dado a la disposición que
actualmente contiene el Art. 29, primer párrafo,1 del Reglamento de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado (RLIVA)
Esta controversia se ha centrado, princi-
palmente, en saber si los denominados
“servicios parciales de construcción de
inmuebles destinados a casa-habitación”
deben considerarse como un acto o ac tividad gra-
vada, sujeta al pago de la tasa general del Impuesto
al Valor Agregado (IVA); o, si por el contrario, deviene
aplicable la exención a la venta de casa-habitación
que en materia de IVA refiere el Art. 9, Fracc. II de la
Por su parte, la autoridad ha sostenido en sus ac-
tuaciones y por medio de su normatividad3 que se
trata de actos gravados para efectos de IVA (bajo
su criterio la exención únicamente alcanza a quien
proporcione servicios “integrales” de construcción
de inmuebles destinados a casa-habitación, esto
es, que la construcción la lleve a cabo en todas sus
partes y procesos un solo prest ador de servicios o
“contratista”); en tanto, por otro lado, los particula-
res han insistido en que el sentido del RLIVA sí permi-
te interpretar que la aplicación de la exención de IVA
también contempla a los referidos servicios parcia-
les, incluso cuando no correspondan a la totalidad
de la construcción de la obra por parte de un mismo
contratista.
Por otra parte, el criterio que sobre este particular
han manifestado nuestros tribunales judiciales y ad-
ministrativos al dirimir las controversias que les han
sido planteadas, tampoco ha sido uniforme ni con-
sistente, pues en el tiempo que ha prevalecido esta

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