Estimulos fiscales

AutorJosé Pérez Chavez/Raymundo Fol Olguin
Páginas211-218

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A Acreditamiento de gastos por el uso de carreteras de cuota aplicable a contribuyentes dedicados exclusivamente al transporte terrestre de carga o pasaje

Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre público y privado, de carga o pasaje que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota, consistente en permitir un acreditamiento de los gastos realizados en el pago de los servicios por el uso de la infraestructura carretera de cuota hasta en un 50% del gasto total erogado por dicho concepto.

Los contribuyentes considerarán como ingresos acumulables para los efectos del ISR, el estímulo de referencia en el momento en que efectivamente lo acrediten.

El acreditamiento en cuestión únicamente podrá efectuarse contra el ISR que tenga el contribuyente a su cargo correspondiente al mismo ejercicio en que se determine el estímulo, que se deba enterar, incluso en los pagos provisionales del ejercicio en que se realicen los gastos, utilizando la forma oficial que mediante reglas misceláneas dé a conocer el SAT. En el entendido de que quien no lo acredite contra los pagos provisionales o en la declaración del ejercicio que corresponda, perderá el derecho de realizarlo con posterioridad a dicho ejercicio.

Asimismo, para poder aplicar dicho beneficio, los contribuyentes observarán lo siguiente:

  1. Presentar, durante marzo del siguiente año, ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente correspondiente a su domicilio fiscal, escrito libre en el que se señale que es sujeto a este estímulo fiscal.

    En este escrito se deberá incluir el inventario de los vehículos que se hayan utilizado durante el año inmediato anterior, en la Red Nacional de Autopistas de Cuota, desglosado de la manera siguiente:

    - Denominación del equipo, incluyendo el nombre técnico y comercial, así como la capacidad de carga o de pasajeros, según sea el caso.

    - Modelo de la unidad.

    - Número de control de inventario o, en su defecto, el número de serie y los datos de la placa vehicular.

    - Fecha de incorporación o de baja del inventario, para el caso de las modificaciones realizadas durante el año que se informa.

  2. Llevar una bitácora de viaje de origen y destino, así como la ruta de que se trate, que coincida con el estado de cuenta de la tarjeta de identificación automática vehicular o de un sistema electrónico de pago. Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos podrá proporcionar el servicio de expedición de reportes que contenga la información requerida.

  3. Efectuar los pagos de autopistas mediante la tarjeta de identificación automática vehicular o de cualquier otro sistema electrónico de pago con que cuente la autopista y conservar los estados de cuenta de dicha tarjeta o sistema.

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  4. Con el fin de determinar el monto del acreditamiento, se aplicará al importe pagado por concepto del uso de la infraestructura carretera de cuota, sin incluir el IVA, el factor de 0.5 para toda la Red Nacional de Autopistas de Cuota.

    (Artículo 16, Apartado A, fracción V, LIF10; Regla I.12.7, Resolución Miscelánea Fiscal)

    CASO PRACTICO

    Una persona moral del régimen simplificado, dedicada exclusivamente al transporte terrestre público y privado de carga y que utiliza la Red Nacional de Autopistas de Cuota, desea obtener el monto acreditable en agosto de 2010, de los gastos realizados en el mismo mes por el uso de la infraestructura carretera de cuota.

    DATOS

    Gastos realizados en agosto de 2010 por el uso de la infraestructura carretera de cuota $6,000

    Factor de acreditamiento para toda la Red Nacional de Autopistas de Cuota 0.5

    ISR a cargo en el pago provisional de agosto de 2010 $8,000

    DESARROLLO

    1o. Determinación del monto máximo acreditable de los gastos realizados en agosto de 2010 por el uso de la infraestructura carretera de cuota.

    Gastos realizados en agosto de 2010 por el uso de la infraestructura carretera de cuota $6,000

    (x) Factor de acreditamiento para toda la Red Nacional de Autopistas de Cuota 0.5

    (=) Monto máximo acreditable de los gastos realizados en agosto de 2010 por el...

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