Estímulo fiscal para el deporte de alto rendimiento

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas115-119

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Juan Pérez: Leyendo las últimas noticias en materia fiscal, ahora si le he de decir que el compadre de mi compadre, me dice que si a mí que me gusta el deporte, ¿por qué no obtenía un crédito fiscal? Claro si apoyo a los deportistas de alto rendimiento, y la verdad que me quedé muy confundido, tengo compañeros en el deportivo que son muy muy buenos para nadar y para correr, pero el punto es que no sé cómo se aplica este estímulo.

Contador: Me da mucho gusto que a usted le guste el deporte, y la verdad es que yo también he sido un adicto a esta actividad, al extremo que tuve que pagar las facturas de los excesos con problemas en la columna vertebral.

Juan Pérez: ¿De verdad anduvo en el deporte de alto rendimiento?

Contador: Bueno, anduve en muchas ocasiones en los mara-tones y en la natación, pero nunca cumpliendo los tiempos para competir en alto rendimiento.

Juan Pérez: ¿Y qué tiempos traía?

Contador: Me va hacer sentir mal, pero en 100 metros libres, mi mejor tiempo fue de 2 minutos, pero llegaba a la orilla auténticamente con el corazón en la mano.

Juan Pérez: ¿Y cuál es el récord?

Contador: Le puedo decir que en el año 2009 en Brasil fue de
46.91 segundos, y al final para ser competitivos, tendría uno que estar entrenando, si no día y noche, al menos 7 horas al día, ya no digo para dar estos tiempos, sino para estar en las marcas competitivas.

Juan Pérez: Bueno, le cambio de tema, dígame ¿cuál es la intención del estímulo que le estoy preguntando?

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Contador: Esto viene en el artículo 209 de la LISR como una reforma para el año 2017 y se refiere al otorgamiento de un estímulo fiscal que promueva el deporte de alto rendimiento.

Juan Pérez: Muy sofisticada su redacción, ¿me lo puede traducir?

Contador: Este no es un estímulo directo al deportista de alto rendimiento, ¡no! es un estímulo a los que aporten a proyectos de inversión a infraestructura e instalaciones deportivas.

Juan Pérez: Significa que si alguien trae un proyecto para la construcción de una alberca o un espacio para corredores en alguna parte de la República Mexicana, a los que aporten, ¿se les va a dar este estímulo?

Contador: Eso es, eso, lo entendió muy bien, y para lo cual nos vamos a apegar a lo que marca el artículo 203 de la LISR que dice:

“CAPITULO X
DEL ESTIMULO FISCAL AL DEPORTE DE ALTO RENDIMIENTO

ARTICULO 203. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, consistente en aplicar un crédito fiscal...

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