Estímulo fiscal para la deducción inmediata de bienes nuevos y facilidades administrativas para depósitos o inversiones que se reciban en México

Enero 18 de 2017
NOTA INFORMATIVA
notacefp / 002 / 2017
Estímulo fiscal para la deducción inmediata de bienes nuevos y
facilidades administrativas para depósitos o inversiones que se
reciban en México
A partir del 19 de enero de 2017 entrarán en vigor dos decretos; el primero, otorga un
estímulo fiscal para las micro y pequeñas empresas en materia de deducción inmediata de
bienes de activo fijo nuevos y el segundo establece facilidades administrativas a la
repatriación de capital que sea invertido en territorio nacional por al menos dos años.
1. Deducción Inmediata de Bienes Nuevos de Activo Fijo para las Micro y Pequeñas
Empresas.
1
El estímulo fiscal aplicable durante 2017 y 2018, consiste en la deducción inmediata de
inversiones para personas físicas con actividad empresarial o profesional y personas
morales que hayan tenido ingresos hasta por 100 millones de pesos (mdp) en el ejercicio
inmediato anterior. Estos contribuyentes podrán efectuar la deducción inmediata de la
inversión de bienes nuevos de activo fijo
2
en el ejercicio en que se adquieran, hasta por el
porcentaje permitido sobre el monto original de la inversión.
Los contribuyentes que inicien actividades, podrán aplicar este beneficio cuando estimen
que sus ingresos del ejercicio no superarán los 100 mdp; no obstante, si excedieran el límite
citado, deberán cubrir el impuesto que corresponda a la diferencia entre el monto deducido
y el monto que se debió deducir en caso de no aplicar dicho estímulo fiscal.
1
Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal en materia de Deducción Inmediata de Bienes Nuevos de Activo Fijo para
las Micro y Pequeñas Empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 18 de e nero de 2017, disponible en
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5469285&fecha=18/01/2017&print=true
2
No podrá ejercerse para inversiones en mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles,
o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente; tampoco en aviones distintos de los dedicados a la
aerofumigación agrícola.

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