Esquemas de atención en guarderías infantiles del IMSS y requisitos para su instalación por particulares

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En la actualidad las mujeres que se encuentran incorporadas a la fuerza laboral tienen la necesidad de contar con sitios seguros para dejar a los hijos pequeños, mientras permanecen en su actividad. Es así como las guarderías infantiles se han convertido en un recurso básico cuyo fundamento legal está previsto en el artículo 123, apartado "A", fracción XXIX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra expresa: "es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y el bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares".

De ahí que el artículo 11, fracción V, de la Ley del Seguro Social (LSS) establezca un seguro de guarderías y prestaciones sociales como integrante del régimen obligatorio de cotización.

Al respecto, también el artículo 171 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) señala que los servicios de guardería infantil serán proporcionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de conformidad con su ley y disposiciones reglamentarias. Portanto, en términos del artículo 201 de la LSS el seguro de guarderías cubre el riesgo de la mujer trabajadora y del trabajador viudo o divorciado que conserve la custodia de los hijos o de aquel al que judicialmente se le hubiera confiado el cuidado de éstos. Así, el IMSS proporcionará la atención a los hijos durante la jornada de trabajo, en la primera infancia, mediante el otorgamiento de las prestaciones establecidas.

Definición del servicio de guardería infantil

La guardería infantil no es una unidad médica para los menores sino un servicio especial que comprende la guarda, custodia, aseo, alimentación, cuidado de la salud, educación y recreación de los hijos de los asegurados, así lo determina el artículo 6o. del Reglamento para la prestación de los servicios de guarderías (RPSG).

Esquemas de atención en guarderías infantiles

El sistema de guarderías del IMSS está integrado por 1,357 unidades en seis esquemas de atención con capacidad instalada total para 130,000 lugares, y atención a más de 100,000 niños y niñas en todo el país.

Los seis esquemas de atención de las guarderías del IMSS son los siguientes:

  1. Institucional u ordinario. La primera se inició a mediados de 1974 e integró los programas siguientes: cuidado y fomento a la salud, alimentación, desarrollo del niño, participación del núcleo familiar y el de relaciones con la comunidad; la segunda, es un establecimiento en el que se integran diversos recursos físicos, humanosy financieros destinados a proporcionar cuidados maternales a los hijos de trabajadores o trabajadoras asegurados. En la actualidad existen 134 guarderías de este tipo. Atendiendo a los niños desde los 43 días hasta los 4 años de edad con fundamento en el artículo 201 de la LSS. En este sistema el patrón aporta el 1% del salario base de cotización (SBC) de los trabajadores y el servicio lo presta el IMSS en forma directa.

  2. Participativa. Este esquema surgió en 1983 como un programa experimental en respuesta a lo planteado en el capítulo siete del Plan Nacional de Desarrollo (1983-1988), relacionado con el diagnóstico, propósito, lineamientos y aspectos generales de acción sobre seguridad social. En este tipo de guardería, el IMSS subroga la prestación del servicio a asociaciones civiles con fines no lucrativos, atendiendo a niños desde los 43 días hasta los 4 años de edad, este lapso se encuentra establecido en virtud de que se rige por los mismos lineamientos que el esquema ordinario. El personal es seleccionado, capacitado y contratado por la asociación civil respectiva, la cual también se encarga de adquirir las instalaciones y asume los gastos propios de la operación. El instituto se reserva la facultad de supervisar y evaluar su operación; sólo existe una guardería IMSS-Canaco, AC, este tipo de guarderías tiende a desaparecer por tener un carácter no lucrativo, se prefiere el sistema vecinal comunitario.

  3. El programa madres-IMSS. La primera de estas guarderías surge en 1946, tres años después de la creación del IMSS. El servicio se otorga como una prestación establecida en el contrato colectivo de trabajo del instituto para hijos de sus trabajadoras, para este caso se prestará el servicio de guardería desde 45 días de nacido hasta los 6 años de edad como lo determina la cláusula 76 del contrato colectivo de trabajo, cubriendo el programa de educación preescolar que establece la Secretaría de Educación Pública (SEP), sólo existen ocho guarderías de este tipo en toda la República Mexicana. Estas deberán funcionar con 250 niños como máximo y se establecerán en los centros de trabajo o en los lugares más cercanos a ellos. Cuando la guardería no tuviere cupo, el instituto cubrirá $100 pesos mensuales por cada hijo al que se debiera dar el servicio.

  4. Vecinal comunitario. En 1995 se instituye este tipo de esquema, aquí el servicio se subroga mediante convenio a una sociedad...

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