La escuela clásica del Derecho natural

AutorEdgar Bodenheimer
Páginas153-197
VII. LA ESCUELA CLÁSICA
DEL DERECHO NATURAL
23. Introducción
DURANTE la Edad Media el centro de la vida toda de
Europa fue la Iglesia. Controlaba la educación y la cien-
cia; la más importante de las ciencias era la teología.
Sólo por revelación divina podía el hombre conocer
la voluntad de Dios y la revelación estaba reservada
exclusivamente a la Iglesia. Si el hombre quería lograr
acceso a Dios, no podía alcanzarlo más que gracias a
la mediación de una jerarquía sacerdotal. Si la razón
humana trataba de apoyarse en sus poderes propios,
encontraba cerradas las puertas. El conocimiento ema-
naba sola y exclusivamente de las fuentes del dogma
cristiano.
Fue esta pretensión totalitaria de la Iglesia lo que
atacó el protestantismo del siglo XVI. La religión pro-
testante aceptaba la afirmación bíblica de que ante
Dios todas las almas tienen igual valor y sacaba la con-
clusión de que todo el mundo tenía acceso inmediato
a Dios y no necesitaba la mediación de un sacerdote.
El protestantismo sostenía aún la concepción teoló-
gica de que es Dios quien gobierna al mundo; pero
concedía al individuo un grado mayor de libertad
de pensar; le permitía formarse su propia opinión de
las intenciones de Dios y de las leyes y principios con
arreglo a los cuales dirigía Aquél el destino de la hu-
manidad.
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El ataque contra la jerarquía, comenzado en el siglo
XVI, iba dirigido contra el orden espiritual del catoli-
cismo a la vez que contra el orden terreno del feuda-
lismo. Irrumpió por todas partes un espíritu de indi-
vidualismo y liberalismo. En el campo económico
dirigió su fuerza contra el sistema económico feudal,
contra la servidumbre, los gremios y otras manifesta-
ciones de coacción medieval. En el terreno de la po-
lítica produjo una lucha contra la nobleza feudal y
sus privilegios. En el dominio del Derecho encontró
su expresión más importante en la doctrina de la es-
cuela del Derecho natural, que había de modelar el
destino del Derecho durante largo tiempo.
Del mismo modo que la teología protestante acepta-
ba que podía emplearse la razón humana para discer-
nir los caminos y las intenciones de Dios, la escuela
del Derecho natural sostuvo que se podía descubrir el
Derecho por medio de la razón y sólo por ella. Los de-
fensores del Derecho natural en la época clásica de la
doctrina,
1
creían que había un cuerpo de Derecho eter-
no e inmutable que la razón humana podía descubrir
y aplicar a la reconstrucción de la sociedad y que sólo
a causa de las supersticiones teológicas de la Edad Me-
dia había dejado la humanidad de reconocer y aplicar
esas leyes eternas en los siglos precedentes.
¿En qué consistía ese Derecho eterno y natural? Su
precepto fundamental era que el hombre nace libre e
independiente. No vivía originariamente en sociedad,
pero había hecho un contrato con otros individuos
para defender su vida y su propiedad. Por este con-
trato transfería a la sociedad cierta clase de sus dere-
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1
Puede decirse que el Derecho natural clásico cubre el perio-
do que va desde Grocio hasta Kant y Fichte, extendiéndose así a
lo largo de los siglos XVII y XVIII.
chos y su libertad, y la sociedad, a su vez, le garanti-
zaba la protección de su vida y propiedad contra la
invasión de otros individuos. Los derechos básicos
del individuo —es decir, gozar de la vida, la libertad y
la propiedad— no debían ser disminuidos por la so-
ciedad, porque esos derechos los había conferido Dios
al hombre y eran anteriores a toda sociedad. Son de-
rechos inalienables, “naturales”.
Lo anterior es un resumen de la doctrina clásica del
Derecho natural en su forma más desarrollada y ma-
dura. Antes de llegar a ella pasó por muchas etapas y
hay muchas versiones diferentes de la teoría. Además,
la doctrina del Derecho natural encontró desde el prin-
cipio un fuerte rival en otra doctrina, que en algunos
aspectos era producto de las mismas fuerzas políti-
cas, económicas y sociales que contribuyeron a su na-
cimiento. Se trata de la doctrina de la razón de Esta-
do, que recibió su formulación más influyente en los
escritos del filósofo político italiano Nicolás Maquia-
velo (1469-1527). Maquiavelo glorificó la omnipotencia
del Estado y subordinó enteramente los principios
éticos y morales en la vida pública a las necesidades
políticas del Estado. Con ello se convirtió en princi-
pal defensor de la política de poder.
Para comprender la doctrina de la razón de Estado,
en su significación histórica, hay que tener en cuenta
que la emancipación del individuo en el continente
europeo fue contemporáneo de la aparición de los Es-
tados nacionales soberanos e independientes que trata-
ban de emanciparse del imperio medieval universal,
dominante aún en gran parte de Europa. Esta eman-
cipación fue parte de la lucha contra el feudalismo y
las pretensiones totalitarias de la Iglesia. Los Estados
nacionales en proceso de ascensión estaban en su ma-
yor parte gobernados por monarcas absolutos que
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