¿Cuál es el propósito del Congreso Constituyente?

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Ciudadanos Diputados:
Una de las más grandes
satisfacciones que he tenido hasta
hoy, desde que comenzó la lucha
que, en mi calidad de gobernador
constitucional del estado de
Coahuila, inicié contra la usurpación
del Gobierno de la República, es la
que experimento en estos momentos,
en que vengo a poner en vuestras
manos, en cumplimiento de una de
las promesas, que en nombre de la
revolución hice en la heroica ciudad
de Veracruz al pueblo mexicano: el
proyecto de Constitución reformada,
proyecto en el que están contenidas
todas las reformas políticas que la
experiencia de varios años, y una
observación atenta y detenida, me
han sugerido como indispensables
para cimentar, sobre las bases sólidas,
las instituciones, al amparo de las
que deba y pueda la nación laborar
últimamente por su prosperidad,
encauzando su marcha hacia el
progreso por la senda de la libertad
y del derecho: porque si el derecho
es el que regulariza la función de
todos los elementos sociales, fijando
a cada uno su esfera de acción, ésta
no puede ser en manera alguna
provechosa, si en el campo que debe
ejercitarse y desarrollarse, no tiene
la espontaneidad y la seguridad, sin
las que carecerían del elemento que,
coordinando las aspiraciones y las
esperanzas de todos los miembros
¿Cuál es el propósito del
Congreso Constituyente?
Discurso pronunciado por el C. Venustiano Carranza, en su calidad de
Primer Jefe del Ejército Constitucionalista y Encargado del Poder Ejecutivo
de la Unión, en la sesión inaugural del Congreso Constituyente, celebrada en
el Teatro de Iturbide la tarde del viernes 1º de diciembre de 1916
de la sociedad, los lleva a buscar en
el bien de todos la prosperidad de
cada uno, estableciendo y realizando
el gran principio de la solidaridad,
sobre el que deben descansar todas
las instituciones que tienden a buscar
y realizar el perfeccionamiento
humano.
La Constitución Polí-
tica de 1857, que nues-
tros padres nos dejaron
como legado precioso,
a la sombra de la cual se
ha consolidado la na-
cionalidad mexicana;
que entró en el alma
popular con la guerra
de Reforma, en la que
se alcanzaron grandes
conquistas, y que fue
la bandera que el pue-
blo llevó a los campos
de batalla en la guerra contra la in-
tervención, lleva indiscutiblemente,
en sus preceptos, la consagración de
los más altos principios, reconocidos
al fulgor del incendio que produjo la
revolución más grande que presenció
el mundo en las postrimerías del si-
glo , sancionados por la práctica
constante y pacífica que de ellos se
ha hecho por dos de los pueblos más
grandes y más poderosos de la tierra:
Inglaterra y Estados Unidos.
Mas, desgraciadamente, los legisla-
dores de 1857 se conformaron con la
proclamación de principios generales
que no procuraron llevar a la práctica,
Selección de piezas de oratoria
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acomodándolos a las necesidades del
pueblo mexicano para darles pronta
y cumplida satisfacción; de manera
que nuestro código político tiene en
general el aspecto de fórmulas abs-
tractas en que se han condensado
conclusiones científicas de gran valor
especulativo, pero de las que no ha
podido derivarse sino poca o ninguna
utilidad positiva.
En efecto, los derechos
individuales que la
Constitución de 1857
declara que son la
base de las institucio-
nes sociales, han sido
conculcados de una
manera casi constante
por los diversos go-
biernos que desde
la promulgación de
aquélla se han suce-
dido en la República: las leyes
orgánicas del juicio de amparo ideado
para protegerlos, lejos de llegar a
un resultado pronto y seguro, no
hicieron otra cosa que embrollar la
marcha de la justicia, haciéndose casi
imposible la acción de los tribunales,
no sólo de los federales, que siempre
se vieron ahogados por el sinnúmero
de expedientes, sino también de
los comunes cuya marcha quedó
obstruida por virtud de los autos de
suspensión que sin tasa ni medida se
dictaban.
Pero hay más todavía. El recurso de
amparo establecido con un alto fin
Nuestro código político tiene
en general el aspecto de
fórmulas abstractas en que se
han condensado conclusiones
científicas de gran valor
especulativo, pero de las que
no ha podido derivarse sino
poca o ninguna utilidad
positiva...

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