¿Cuál es el procedimiento para solicitar un estado de no adeudo de cuotas obrero-patronales ante el IMSS?

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¿Cuál es el procedimiento para
solicitar un estado de no adeudo
de cuotas obrero-patronales ante
el IMSS?
Laboro como auxiliar administrativo
en una empresa procesadora de
alimentos. Hace tres años, la com-
pañía realizó un convenio de pago
en parcialidades para regularizar sus
adeudos con el IMSS. En días ante-
riores se cubrió la última mensuali-
dad, por lo que actualmente ya no se
tienen adeudos con el instituto; por
tal razón, para asegurarnos de que el
IMSS no registra adeudo, se piensa
solicitar un estado de no adeudo
de cuotas obrero-patronales. Deseo
saber el procedimiento para solicitar
este documento.
Lector de Naucalpan, Edomex
"Pregunta
¿Cuál es el procedimiento para
solicitar un estado de no adeudo
de cuotas obrero-patronales ante el
IMSS?
Respuesta
Según información del IMSS, el pro-
cedimiento para solicitar el estado
de no adeudo es el siguiente:
1. El representante legal, el patrón
si es persona física, o una perso-
na con carta poder simple, debe
acudir a la subdelegación corres-
pondiente y presentar un escrito
libre con el señalamiento “A quien
corresponda”.
El oficio incluirá los datos siguientes:
a) Registro patronal.
b) Nombre de la empresa.
c) Motivo por el que se solicita el
estado de adeudo.
2. Asimismo, se deberán entregar
las copias fotostáticas de los
documentos siguientes:
a) Tarjeta patronal.
b) Identificación del represen-
tante legal o del patrón, si es
persona física; o bien, del que
recibe el poder (credencial de
elector, cartilla militar o pasa-
porte).
3. En caso de que el trámite lo
realice una persona que no sea
el representante legal, se pre-
sentará el acta constitutiva de la
empresa.
A la solicitud del estado de adeudo
se le dará contestación en cinco
días hábiles.
¿El IMSS puede emitir certifica-
dos de incapacidad con efectos
retroactivos?
Soy gerente de recursos humanos
en una empresa de publicidad. Uno
de los trabajadores se ausentó va-
rios días seguidos; por este motivo
me comuniqué con él y me comen-
tó que estaba enfermo. Le solicité
que me enviara sus certificados de
incapacidad emitidos por el IMSS. Al
día siguiente, su esposa me entregó
el certificado de incapacidad corres-
pondiente; sin embargo, observé
que la fecha de expedición es 12
de agosto, y la fecha de inicio de la
incapacidad es 6 de agosto. Tengo
duda si es válido que el IMSS emita
los certificados de incapacidad con
efectos retroactivos.
Lector de Torreón, Coahuila
"Pregunta
¿El IMSS puede emitir certificados
de incapacidad con efectos retroac-
tivos?
Respuesta
Sí, toda vez que el artículo 157 del
Reglamento de Prestaciones Médi-
cas del IMSS dispone que el certifi-
cado de incapacidad temporal para
el trabajo con efecto retroactivo es el
documento que con carácter inicial,
subsecuente o recaída se otorga al
asegurado para amparar una inca-
pacidad ocurrida en fecha anterior a
aquella en que tenga conocimiento
el médico tratante o estomatólogo
del instituto o, en este mismo caso,
para cubrir tiempo no amparado en-
tre dos certificados de incapacidad
expedidos con anterioridad.
Por tanto, es válido el certificado de
incapacidad presentado por la espo-
sa del trabajador.
Consultas de
nuestros lectores
3a. decena de agosto • 2015
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