¿Cuál es el procedimiento para el análisis de los indicios o elementos materiales probatorios?

AutorAna Pamela Romero Guerra - Daniela García González
Páginas13-13

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Las y los peritos que laboren en los diversos laboratorios periciales, deberán realizar el siguiente procedimiento cuando le sean remitidos indicios o elementos materiales probatorios para su análisis:

a) Recibir los indicios o elementos materiales probatorios únicamente cuando el embalaje cumpla con los requisitos establecidos y cuenten con el RCC debidamente requisitado.

b) Abrir el embalaje cuando se esté autorizado para ello, veriicar que los registros de cadena de custodia acompañen a los indicios o elementos materiales probatorios y documentar cualquier cambio o alteración en el embalaje o en su contenido.

c) Requisitar las actividades relacionadas con la continuidad y trazabilidad de los indicios o elementos materiales probatorios en el RCC.

d) Registrar los ingresos y salidas de la bodega de indicios.

e) Abrir el embalaje por lado diferente al que se encuentra sellado. Siempre que se requiera el cambio de embalaje deberá documentarse en el campo de observaciones del apartado “Continuidad y Trazabilidad” del RCC. Se deberá conservar el embalaje siempre que sea pertinente y no se ponga en riesgo la salud de las personas que lo manipulan, en caso contrario, informarle al agente...

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