¿Es obligatorio cambiar de área de trabajo en el caso de una empleada embarazada, si la actividad que realiza habitualmente se considera peligrosa y representa un riesgo para su salud y la de su hijo?

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Soy gerente de recursos humanos en un hospital. Hace algunos días, una de nuestras enfermeras que labora en el departamento de radiología me comentó que estaba embarazada, por lo que me solicitó un cambio de área de trabajo, ya que su ginecólogo le indicó que no podía estar expuesta a las radiaciones que generan los rayos X. Al respecto, deseo saber si el patrón está obligado a cambiarla de área de trabajo.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Es obligatorio cambiar de área de trabajo en el caso de una empleada embarazada, si la actividad que realiza habitualmente se considera peligrosa y representa un riesgo para su salud y la de su hijo?

Respuesta

Sí, pues el artículo 166 de la LFT dispone que cuando se ponga en peligro la salud de la mujer o la del producto, ya sea durante el estado de gestación o el de lactancia y sin que sufra perjuicio en su salario, prestaciones y derechos, no se podrá utilizar su trabajo en labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno industrial, en establecimientos comerciales o de servicios, después de las 10 de la noche, así como en horas extraordinarias.

En este sentido, el artículo 58 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo señala que no se podrá asignar a mujeres en estado de gestación efectuar los trabajos siguientes:

1. Donde estén expuestas a ruido o vibraciones que rebasen los límites de exposición.

2. Que impliquen la exposición a fuentes de radiación ionizante y no ionizantes infrarrojas o ultra-violetas.

3. Con presiones ambientales anormales o condiciones térmicas elevadas o abatidas.

4. Que las expongan a contaminantes del ambiente laboral que puedan afectar su salud o la del producto de la concepción.

5. Donde se manejen, transporten, almacenen o procesen sustancias tóxicas, cancerígenas, teratogénicas o mutagénicas.

6. En los que estén expuestas a residuos peligrosos, agentes biológicos o enfermedades infecto-contagiosas.

7. Que demanden esfuerzo...

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