¿Es obligatoria la inscripción de una empresa de nueva creación en el SIEM y, de ser el caso, en qué momento debe efectuarse y cuál es el costo?

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¿Es obligatoria la inscripción de
una empresa de nueva creación en
el SIEM y, de ser el caso, en qué
momento debe efectuarse y cuál
es el costo?
Laboro como auxiliar administrativo
en una fábrica de muebles de made-
ra que inició operaciones el pasado
1o. de enero. Hace unos días me
comentaron que las empresas de
nueva creación tienen obligación de
registrarse en el Sistema de Informa-
ción Empresarial Mexicano (SIEM).
Deseo saber si es verdad y, en su
caso, en qué momento se debe
realizar y qué costo tiene.
Lector de Ecatepec, Edomex
¿Es obligatoria la inscripción de una
empresa de nueva creación en el SIEM
y, de ser el caso, en qué momento debe
efectuarse y cuál es el costo?
Sí, es obligatoria, por lo siguiente:
El artículo 31, fracción II, de la Ley de
Cámaras Empresariales y sus Confede-
raciones dispone lo siguiente (énfasis
añadido):
31. El SIEM tendrá las siguientes
características:
I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
II. El registro de las empresas de
nueva creación deberá hacerse den-
tro de los dos meses siguientes a la
fecha de su registro ante la SHCP;
III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Por su parte, el artículo 6o., segundo pá-
rrafo, del “Acuerdo por el que se estable-
cen las reglas para la operación del SIEM”
indica lo siguiente (énfasis añadido):
6o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Los comerciantes e industriales que
inicien operaciones deben proporcio-
nar su información al SIEM dentro de
los dos meses siguientes a la fecha
de su registro ante la SHCP.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Además, en términos del “Acuerdo por
el que se autoriza el monto máximo de
las tarifas que las cámaras podrán cobrar
por concepto de operación del SIEM”, los
costos de inscripción a este sistema son
los siguientes:
Para empresas industriales:
Personal
ocupado
Cuota máxima
($)
Hasta dos 150
Tres a cinco 350
Seis o más 670
Para empresas comerciales y de servicios:
Personal
ocupado
Cuota
máxima ($)
Hasta dos, con activida-
des de comercio al por
menor
100
Tres o menos 300
Cuatro o más 640
Por lo anterior, es obligatorio el registro al
SIEM de la empresa de nueva creación, y
debe efectuarse dentro de los dos meses
siguientes a la fecha de su inscripción
ante la SHCP, así como cubrir la tarifa
que corresponda conforme a lo antes
mencionado.
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B11
1a. quincena
febrero 2018
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