¿Es deducible para el ISR y el IETU el arrendamiento de un automóvil por el cual no se hizo la retención del IVA?

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Soy contador de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que se dedica a la comercialización de línea blanca para el hogar. En agosto pasado, la compañía cambió el domicilio de una de sus sucursales, motivo por el cual, tuvo que enviar a uno de sus ejecutivos para supervisar el cambio; por ello, arrendó un automóvil para que el empleado se trasladara a la nueva localidad. Al revisar la contabilidad del mes referido me dí cuenta de que el pago que se hizo a la arrendadora, persona física con actividades empresariales, no considera la retención del IVA que estipula la ley de la materia. Tengo entendido que si no se cumple la obligación de retener impuestos conforme a las leyes fiscales el gasto relativo no es deducible, pero no sé si esto es verdad.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Es deducible para el ISR y el IETU el arrendamiento de un automóvil por el cual no se hizo la retención del IVA?

Respuesta

Sí es deducible para el ISR y el IETU el arrendamiento de un automóvil por el cual no se hizo la retención del IVA, por lo siguiente:

El artículo 1o.-A, fracción II, inciso a, de la Ley del IVA dispone lo siguiente (énfasis añadido):

1o-A. Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Sean personas morales que:

a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por

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personas físicas, respectivamente.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por su parte, el artículo 31, fracción V, primer párrafo, de la Ley del ISR indica lo siguiente (énfasis añadido):

31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Cumplir con las obligaciones establecidas en esta Ley en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros o que, en su caso, se recabe de éstos copia de los documentos en que conste el pago de dichos impuestos. Tratándose de pagos al extranjero, éstos sólo se podrán deducir siempre que el contribuyente proporcione la información a que esté obligado en los términos del artículo 86 de esta Ley.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

De las disposiciones citadas destaca lo siguiente:

1. Las personas morales que reciban el arrendamiento de...

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