Erogar

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas113-113

Page 113

(Del lat. erogre). Distribuir, repartir bienes o caudales. Gastar el dinero.

Comentario. El art. 31 fracción IX establece como requisito de deducción los pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados y establece qué se debe entender por erogados "sólo se entenderán como efectivamente erogados cuando hayan sido pagados en efectivo, en cheque girado contra la cuenta del contribuyente, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, o en otros bienes que no sean títulos de...

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