Envío de papeles de auditoría al SAT

AutorFernando López Cruz
Páginas226-234
XVI
ENVÍO DE PAPELES DE AUDITORÍA AL SAT
De acuerdo con lo señalado en el ú ltimo párrafo del artícu lo 57 del RCFF, el contador
público debe remitir por medio electrónico la evidencia que demuestre los procedi-
mientos de auditoría utilizados para llevar a cabo la revisión de la situación scal del
contribuyente.
En términos comunes, la ev idencia de los procedimientos de auditoría, tal como lo dice
la NIA 230 son los papele s de trabajo, ya sean en papel o medio digita l, elaborados por
el contador público con motivo de su auditoría; y, atendiendo a la literal idad de lo dis-
puesto por el artículo 57 del RCFF, supone remitir toda la documentación elaborada
por el auditor; no obstante, y como lo expongo en lo s siguientes párrafos, sólo se hacen
llegar como má ximo dieciocho tipos de análisis.
TIPO DE INFORMACIÓN A ENVIAR
En la regla 2.13.19., de la RMF 2019, se dice que los papeles de trabajo son los que
prepara el contador público y contengan ev idencia de los procedimientos de auditoría
conforme a las NIA , y por lo mismo indiquen las conclusiones a las que se llegó, con-
tengan la evidencia de revisión, así como la eva luación del control interno y la planea-
ción llevada a cabo; todo esto sig nica que los papeles deben mostrar l as iniciales de las
personas que elaboraron las pruebas o procedimientos y de quien revisó y aprobó esas
pruebas, así como los alcances obtenidos y las fuentes consultadas para al legarse de la
evidencia de auditoría; y, respecto a la evaluación del control interno y a la planeación
de la auditoría, por lo general const an en los cuestionarios o programas que s e emplean
en el despacho del cual e s socio el contador público que suscribe el dictamen.
En la citada regla 2.13.19., se indica que para cumplir con l a obligación de hacer llegar
la evidencia de auditoría el contador públ ico, en lugar de remitir la totalidad de sus pa-
peles de trabajo (así se inere) podrá env iar únicamente los papeles correspondientes
a las pruebas o procedimientos de auditoría referentes a diecioc ho tipos de análisis o
rubros o conceptos, que en la propia regla se describen y de éstos sólo los aplicables,
dependiendo de la natura leza de la entidad auditada. Para evita r transcripciones inne-
cesarias inv ito al lector a consultar en esa regla el tipo de información remitir al SAT,
alguna de la c ual sólo consiste en la cédula sumaria.
Dictamen Fiscal de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría
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