Se enviaron al Ejecutivo Federal las reformas para regular las casas de empeño

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El 27 de abril de 2006, el senado de la República aprobó con 70 votos a favor el Decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y reforma el Código de Comercio (Ccom).

Por su parte, el pleno de la Cámara de diputados, tras diversas controversias y modificaciones a algunas disposiciones, aprobó previamente el pasado 25 de abril, el decreto en cita, con 306 votos a favor y seis abstenciones.

La iniciativa de reforma surgió a raíz de que las casas de empeño operan sin ninguna regulación legal, lo cual en ocasiones produce que se afecte el patrimonio de los consumidores que acuden a ellas con la finalidad de obtener cierta cantidad de dinero para hacer frente a sus necesidades, pues hay que destacar que dichas casas no se encuentran sujetas a un marco jurídico definido.

Así, se adiciona el artículo 65-Bis a la LFPC, para establecer que las personas físicas o sociedades mercantiles (casas de empeño) que en forma habitual o profesional realicen contrataciones u operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria que no se encuentren reguladas por las leyes financieras, deberán registrar el contrato de adhesión que utilicen en la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Además, las casas de empeño tendrán que informar al consumidor el monto de la tasa de interés anualizada que se cobrará sobre el saldo insoluto y cumplir con los requisitos que establezca la norma oficial mexicana (NOM) que expedirá la Secretaría de Economía (SE), con objeto de transparentar las operaciones y otorgar protección a los consumidores.

También se modifica el artículo 128 de la LFPC, para adicionar como infracción el incumplimiento a las disposiciones previstas en el artículo 65-Bis y estipular la imposición de la multa que oscilará entre $479.17 y $1 '874,091.79.

Por otra parte, se reforma laf racción X del artículo 75 del Ccom, para señalar que serán actos de comercio los que realicen las casas de empeño.

Entre los artículos transitorios del decreto que se comenta se establece que...

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