Entrevista al Dr. Matías Bailone sobre la Reforma al Código de Justicia Militar de Argentina.

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Radio MITRE y Revista 7 Días. Argentina.

PREGUNTAS.

1- ¿Por qué cree usted que el Gobierno eligió este momento para enviar un proyecto tan trascendente como es derogar el actual Código de Justicia Militar?

2- En el Senado existe un proyecto en la misma sintonía que el del Ejecutivo y tiene, además, estado parlamentario, ¿por qué nunca se trató ese proyecto?

3- En un año electoral, ¿cree que el Parlamento aprobará este proyecto antes de la finalización del actual período?

RESPUESTAS.

  1. - El momento no está determinado por cuestiones políticas, sino por urgencias institucionales. La Argentina suscribió con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, como parte de un proceso de solución amistosa, en dos casos que llegaron a esa instancia, el compromiso de reformar el sistema de justicia militar y adaptarlo a los estándares internacionales y regionales de derechos humanos, a lo cual estaba obligada la Argentina en virtud de los tratados de derechos humanos que tienen jerarquía constitucional.Page 494

    Era una deuda de la democracia. No podemos concebir cómo en el ámbito castrense siguen vigentes estructuras y normas jurídicas del siglo XVIII y XIX, porque en el fondo seguía vigente el Código Bustillo, ya que la reforma del 51 mantenía el espíritu de aquél. No sólo los estándares jurídicos y procesales hoy son más altos, hoy requieren pasar por un examen de constitucionalidad y supra-legalidad, que el actual CJM no supera, sino que la estructura militar ha cambiado profundamente: hoy tenemos unas FFAA democráticas y comprometidas con el Estado de Derecho, que debe ver en sus soldados sujetos de derecho plenos, pero que además debe adaptarse a las técnicas de la guerra moderna y de las tecnologías militares actuales, que distan en demasía de las que se poseían cuando se dictó la vigente legislación militar.

    Creo que la urgencia de estos temas no permite el cálculo de intereses electorales, por eso el Gobierno ha cumplido con sus compromisos cabalmente. Afirmar que el soldado argentino tiene los mismo derechos que cualquier otro ser humano, y derogar el último bastión donde la pena de muerte tenía consagración normativa, es una urgencia de la democracia y del Estado de Derecho.

    Este proyecto hoy en día debe ser leído a la luz del reciente fallo de la CSJN en la causa López, Ramón, donde en virtud de un recurso extraordinario, se declara la nulidad de una sentencia de la justicia militar por no adecuarse dicho pronunciamiento judicial a los estándares de derechos humanos vigentes en el país (art. 75, inc. 22). En dicha causa se cuestionó la constitucionalidad del juzgamiento de militares -al menos en tiempos de paz- por tribunales castrenses (artículo 18 del Código de Justicia Militar) por considerar que no se satisface la exigencia de un tribunal independiente (quien juzga es una instancia administrativa designada por el Ejecutivo Nacional) ni las garantías de defensa en juicio...

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