Entrada en vigor de las N1F B-10, D-3 y D-4

AutorElsa Beatriz García Bojorges
CargoMiembro del Consejo Emisor del Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera
Páginas50-51

Page 50

El pasado 28 de agosto, el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF) promulgó tres nuevas Normas de Información Financiera (NIF), que entrarán en vigor el próximo 1 de enero de 2008: las NIF B-10, D-3 y D-4. A continuación, comentamos los puntos importantes a los cuales habrá que atender al cierre de 2007 e inicio de 2008, con motivo de la aplicación de las nuevas NIF.

NIF B-10, Efectos de la inflación

Establece las normas particulares para el reconocimiento contable de los efectos de la inflación en los estados financieros. Uno de los principales cambios que presenta esta NIF es que requiere que la entidad identifique el entorno económico en el que opera y que atienda a lo siguiente:

• Inflacionario. Inflación >= 26% acumulado en los tres ejercicios anuales anteriores; en este caso, la entidad debe reconocer los efectos de la inflación del periodo mediante la aplicación del método integral.

• No inflacionario. Inflación

Por lo anterior, de acuerdo con la expectativa que tenemos en México, respecto a los datos de inflación al cierre de 2007, las entidades deben considerar que para el año 2008, lo más probable es que el entorno económico sea calificado como no inflacionario, por lo cual no habrá reconocimiento de los efectos de la inflación del periodo 2008 en los estados financieros (desconexión de la contabilidad inflacionaria).

No obstante, deben mantenerse los efectos reconocidos en años anteriores mientras los activos, pasivos y elementos del capital contable o patrimonio contable, estén vigentes. Tales efectos de reexpresión se eliminarán conforme se realicen las partidas que les dieron origen; por ejemplo, en el caso de un activo fijo, conforme se deprecie, se deteriore o se venda.

Además de lo anterior, para 2008 debe observarse lo siguiente:

• Valuación de activos fijos e inventarios. Se deroga la posibilidad de aplicar costos de reposición para inventarios e indización específica para activos fijos de procedencia extranjera, por lo que no se generará más Resultado por Tenencia de Activos No Monetarios (RETANM). Este cambio aplica de manera prospectiva, por lo que no se harán ajustes a información de ejercicios anteriores.

• Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable. Desaparece este concepto, por lo que el RETANM, así como...

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