¿No cuenta con efectivo para enterar las cuotas al IMSS? Obtenga el beneficio de prorrogar el pago sin causar multas

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Algunas empresas se han enfrentado a la falta de liquidez en algún momento, ya sea por malas decisiones, por la situación económica actual o sólo por demora en el cobro de pagos, que en ocasiones han causado dicha eventualidad.

Pese a lo anterior, el patrón debe cumplir con sus obligaciones fiscales, entre otras, con el pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS, ya que si incumple con este deber se hará acreedor de una multa de 40 a 100% del total del concepto omitido, cuyo importe tendrá que cubrirse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que sea notificada la multa (artículo 304 de la LSS).

Así, en caso de que el patrón no cuente con la disposición de efectivo para el pago de las cuotas obrero-patronales, podrá recurrir a la opción de determinarlas y comunicarlas al IMSS dentro de los 17 días siguientes al mes o bimestre en que se hayan causado; con esto obtendrá un plazo adicional de 30 días naturales contados a partir de la fecha de presentación de dicha cédula, para el pago de las cuotas, junto con su actualización y recargos morato-rios, y así evitar la sanción correspondiente por el incumplimiento del pago.

Con la finalidad de que los patrones conozcan los puntos por observar para obtener el plazo de 30 días naturales adicionales para el pago de las cuotas obrero-patronales, cuyo fundamento está previsto en los artículos 15, fracción III, y 39, segundo párrafo, de la LSS, así como 113, fracción II, del Racerf, y en el Acuerdo 187/2003 emitido por el Consejo Técnico del IMSS, dado a conocer en el DOF del 15 de julio de 2003 y modificado en el DOF el 2 de abril de 2009, se mencionan los aspectos para obtener esa facilidad, los medios para presentar la cédula de determinación, así como los puntos por observar para cancelar la multa impuesta por el IMSS por el incumplimiento del pago de las cuotas, aun cuando se haya presentado la determinación.

Cómo obtener 30 días naturales para el pago de las cuotas obrero-patronales

Los patrones tienen obligación de efectuar la determinación de las cuotas obrero-patronales que les corresponde cubrir a ellos y a los trabajadores a su servicio, a fin de cumplir con el entero oportuno a más tardar el 17 del mes siguiente al mes o bimestre al que corresponda, según señalan los artículos 15, fracción III, y 39 de la LSS.

Asimismo, los artículos 39, segundo párrafo, de la LSS y 113, fracción II, del Racerf, disponen que aun cuando no se realice el pago de las cuotas persistirá la obligación de determinarlas, por lo que el patrón tendrá que acudir a la subdelegación donde corresponda su registro patronal para presentar la cédula de determinación respectiva.

Como se aprecia, se debe cumplir con la obligación de determinar las cuotas obrero-patronales aun cuando no se presente el pago correspondiente.

Ahora bien, el Consejo Técnico del IMSS consideró que la mayoría de los casos de incumplimiento del entero de cuotas se genera por la falta de liquidez de los patrones y la omisión de determinarse aun sin el pago correspondiente es por desconocimiento de dicha obligación, porlo que para propiciar su cumplimiento y en apego a lo previsto en el artículo 39 de la LSS, determinó, conforme al artículo primero del Acuerdo 187/2003, que se considera que el cumplimiento de la obligación es espontáneo y por tal razón no se cobrará multa, cuando habiendo presentado la cédula de determinación de las cuotas obrero-patronales ante la subdelegación en tiempo y forma, pero sin pago, se conceda al patrón la facilidad de enterar el importe dentro de los 30 días naturales contados a partir de la fecha de presentación de dicha cédula, incluyendo su actualización y recargos moratorios.

Asimismo, el Acuerdo 187/2003 establece que no se considerará que el cumplimiento de la obligación es espontáneo cuando la cédula de determinación sea rechazada por el IMSS por no cumplir con los requisitos indispensables, así como en caso de que no se realice el pago correspondiente dentro de los 30...

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