Enfermedad profesional. La contaminación ambiental no influye para calificar un padecimiento de ese orden. Jurisprudencia de Tribunal Colegiado

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Enfermedad profesional.
La contaminación ambiental no infl uye para
califi car un padecimiento de ese orden.
Jurisprudencia de Tribunal Colegiado
Los riesgos de trabajo guardan relación estrecha con las actividades de los trabajadores en ejercicio o con motivo
del trabajo, y se clasifican como sigue:
Según se observa, las enfermedades de trabajo implican un estado patológico derivado de la acción continuada de
una causa que tenga su origen en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios,
entendiéndose este último al centro de trabajo, pero no a las condiciones ambientales externas de una localidad.
Tesis selectas
LABORAL
C7
1a. quincena
octubre 2018
laboral_857.indd 7 14/09/18 17:27

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