De la Enajenación

AutorPérez Chavez, José - Campero Guerrero, Eladio
Páginas788-789

Page 788

24.- RIVA–ENAJENACION 788

sidodeclarados,elcontribuyentepodráoptarporsolicitarsudevolución, lle var a cabo su com pen sa ción con for me a lo dis pues to en dicho ar tícu lo o porcontinuarelacreditamientoenlasiguientedeclaracióndepagoaldía enquesepresenteladeclaracióncomplementaria.

Deducciónpordevoluciones, descuentosobonificaciones
24.- Para los efec tos del ar tícu lo 7o., pri mer pá rra fo de la Ley, los con tri -buyentesquerecibanladevolucióndebienesenajenados uotorguendescuentosobonificaciones,odevuelvanlosanticiposodepósitosrecibidos con mo ti vo de la rea li za ción de ac ti vi da des gra va das por la Ley, sólo po drán de du cir el monto de di chos con cep tos hasta por el valor de las ac ti vi da des por las que se deba pagar el im pues to. En el caso de re sul tar re ma nen tes se deduciránenlassiguientesdeclaracionesdepagosmensualeshastaagotar los. Sólo se podrá efec tuar la de duc ción a que se re fie re este pá rra fo hastaquelacontraprestación,anticipoodepósitocorrespondiente,se hayarestituidoefectivamentealadquirente,obien,cuandolaobligaciónde hacerloseextinga.

Tratándosededescuentosybonificaciones,ladeducciónprocederá cuandoaquéllosefectivamenteseapliquen.

RIVA–ENAJENACION

CAPITULOII

DelaEnajenación

Faltantesdeinventarios
25.- Para los efec tos del ar tícu lo 8o., pri mer pá rra fo de la Ley, no se con si -de ran fal tan tes de bie nes en los in ven ta rios de las em pre sas, aque llos que se ori gi nen por caso for tui to o fuer za mayor, las mer mas ni la des truc ción autorizadademercancías,cuandoseandeduciblesparalosefectosdela Ley del Impues to sobre la Renta.

Tratándosedefaltantesdeinventariosseconsiderarealizadalaenajenación en el mes en que se le van tó el in ven ta rio, de bién do se pagar el im pues -toenladeclaracióncorrespondienteadichomes.

Obsequios
26.- Para los efec tos del ar tícu lo 8o., se gun do pá rra fo de la Ley, se con si -derantransmisionesdepropiedadrealizadasporlasempresasporlasque no se está obli ga do al pago del im pues to, los ob se quios que efec túen, siem pre que sean de du ci bles en los tér mi nos de la Ley del Impues to sobre la Renta.

Automóvilesycamionesusados
27.- Para los efec tos del ar tícu lo 8o. de la Ley, para cal cu lar el im pues to tra -tándosedelaenajenación deautomóvilesycamionesusados,adquiridosde per so nas fí si cas que no tras la den en forma ex pre sa y por se pa ra do el im...

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