Elementos que se deben considerar en el descuento de documentos
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Un problema que enfrentan con frecuencia las personas físicas y morales, es el relacionado con el cobro de documentos que hacen referencia a la existencia de una obligación.
Por lo general, la deuda generada por una obligación contraída queda documentada mediante cheques, letras de cambio, facturas, o documentos mercantiles que constituyen un título ejecutivo y que permiten iniciar un procedimiento de cobro.
Ahora bien, el procedimiento de cobro de instrumentos mercantiles se realiza en dos etapas: extrajudicial que se refiere a la gestoría de cobro personal, vía telefónica o a través de despachos; sin embargo, si no hay resultados positivos, se llega a la judicial, realizada por medio de un juicio ejecutivo mercantil tramitado ante un juzgado civil; no obstante, muchas personas -para evitarse dichos procedimientos- prefieren recurrir a otras formas de cobro como el descuento de documentos.
Así, en términos del artículo 46, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), las instituciones de crédito son las facultadas para realizar el descuento de documentos.
El descuento es la operación por la cual, una institución bancaria adquiere en propiedad un título de crédito no vencido (letra de cambio o pagaré entre otros), anticipando al cliente su valor, menos la comisión y los intereses respectivos en la fecha de transacción y del vencimiento del documento.
Los documentos que adquiere el banco en propiedad son aquellos aceptados o suscritos, pero no vencidos y provenientes de ventas reales o de servicios; por lo general, se trata de letras de cambio aceptadas o pagarés suscritos, cuyo vencimiento puede ser a plazo fijo y superior a 10 días, originados por la compraventa de mercancías o del uso de servicios.
Dicha operación se puede formalizar mediante un contrato o con el simple endoso del título, y se perfecciona con la entrega de los títulos a descontar al banco; es decir, es váliday obligatoria para ambas partes en ese momento.
En esta operación se involucra no sólo a las personas que dieron origen a la obligación, sino que se incluye a una tercera, las...
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