Firma electrónica avanzada (Fiel), cómo renovarla a través de Internet

Páginas17-30

Page 17

Introducción

El artículo 17-D del CFF señala que cuando las disposiciones fiscales obliguen a presentar documentos, éstos deberán ser digitales y contener una Firma electrónica avanzada (Fiel) del autor, salvo los casos que establezca una regla diferente.

Para los efectos precisados, se deberá contar con un certificado que confirme el vínculo entre un firmante y los datos de creación de una Fiel, expedido por el SAT, cuando se trate de personas morales y de los sellos digitales, y por un prestador de servicios de certificación autorizado por el Banco de México, cuando se trate de personas físicas.

En los documentos digitales, una Fiel amparada por un certificado vigente sustituirá a la firma autógrafa del firmante, garantizará la integridad del documento y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, teniendo el mismo valor probatorio.

Para los efectos fiscales, los certificados tendrán una vigencia máxima de dos años, contados a partir de la fecha en que se hayan expedido. Antes de que concluya el periodo de vigencia de un certificado, su titular podrá solicitar uno nuevo. En el supuesto mencionado, mediante reglas de carácter general, el SAT podrá relevar a los titulares del certificado de la comparecencia personal ante este órgano para acreditar su identidad y, en el caso de las personas morales, la representación legal correspondiente, cuando los contribuyentes cumplan con los requisitos que se establezcan en las propias reglas.

Cabe observar que el artículo quinto del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el DOF el 30 de junio de 2010, especifica que los certificados de Fiel de las personas físicas que se extiendan a partir del 1o. de julio de 2010 tendrán una vigencia máxima de cuatro años, contados a partir de la fecha en que se hayan expedido.

Para renovar la Fiel se tienen dos opciones:

1. Si el certificado de la Fiel está aún vigente pero próximo a vencer, se podrá renovar en línea a través de la página de Internet.

2. Si el certificado ya no está vigente, se deberá acudir a cualquier módulo de servicios del SAT.

Al efecto, se indica el procedimiento para renovar la Fiel mediante la página de Internet del SAT.

Procedimiento para la renovación de la Fiel por Internet

En términos generales, para renovar la Fiel por Intenet se deberá seguir el procedimiento siguiente:

1. Contar con los archivos *.key y *.cer , así como con las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR