La eficiencia en ley federal de competencia económica: análisis a la luz de la definición de justicia

AutorXavier Ginebra Serrabou
CargoProfesor de la Facultad de Derecho, Universidad Anáhuac México Norte.
Páginas89-97

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1. Concepto de eficiencia

Mediante la competencia, los precios se fijan como resultado de la intersección de las siguientes dos descripciones del mercado en cuestión (i) la curva de la demanda y (ii) la curva de la oferta.

El equilibrio competitivo descrito tiene dos eficiencias: de producto y de consumo.

La eficiencia de producción se refiere a que todos los productos son elaborados con el mínimo costo posible; es decir, con la menor erogación de recursos. No es posible reorganizar los insumos/recursos de una manera que se incremente el abasto sin también reducir el abasto por lo menos de otro producto.

La eficiencia en el consumo de la cantidad de bienes producidos y consumidos se logra puesto que el valor que el consumidor le otorgará al bien producido es exactamente igual al costo marginal de producir el bien. La reorganización de los productos entre los consumidores para beneficiar a uno no es posible sin que afecte a otro.

La eficiencia asignativa se logra cuando no es posible reorganizar o producir de una manera tal que alguien esté mejor sin que alguien salga perdiendo. Bajo condiciones de eficiencia asignativa, la satisfacción o utilidad de una persona puede verse incrementada únicamente mediante la reducción de la utilidad de la persona.

Visto en forma agregada, un mercado competitivo es eficiente en la medida en la que los costos sociales y beneficios sociales coinciden. Page 90

  1. El bienestar social: El bienestar social se maximiza mediante la competencia. La competencia maximiza el valor total de los bienes producidos en una sociedad. Los mercados perfectamente competitivos son los más propicios a lograr el objetivo de proveer a los consumidores con bienes al costo de producción.

    En un mercado competitivo, ninguna firma sola tiene el poder de reducir el suministro de los bienes ni para incrementar el precio por arriba del nivel de mercado.

    En términos técnicos, un mercado competitivo tiende a maximizar el beneficio de los consumidores (consumer surplus), Por tanto, favorecer la eficiencia se puede lograr mediante el fomento de la competencia. sin embargo, las condiciones finales de eficiencia ignoran juicios de valor en relación con la distribución del ingreso.

  2. Beneficio para el consumidor: En un mercado perfectamente competitivo todas las ventas tienden a ser realizadas al mismo precio (de mercado), no obstante que diferentes grupos de consumidores tiene diferentes precios de reserva. La diferencia entre el precio de reserva y el precio pagado es "el beneficio del consumidor". Es decir, el beneficio del consumidor es la diferencia entre la cantidad arriba del precio pagado y lo que el consumidor hubiera estado dispuesto a pagar, de ser necesario, para consumir las unidades adquiridas.

  3. Beneficio del productor: es la diferencia entre el ingreso total al precio competitivo y la suma de los costos del productor. Es la cantidad más grande que puede ser restada del ingreso de los proveedores y aún así el proveedor estaría dispuesto a producir el producto. El abasto con la ganancia máxima es aquella en la que el costo marginal es igual al precio marginal.

    Bajo una situación contraria, cuando un mercado no opera en forma eficiente, existirá pérdida de bienestar (dead wheight loss) que puede ser medida como la suma de las pérdidas del beneficio del consumidor con el beneficio del productor de desviarse el equilibrio competitivo.

    Como lo explica Samuelson "el mercado perfectamente competitivo es un mecanismo que sintetiza (a) los deseos de las personas con votos monetarios a pagar por bienes en la forma representada por una demanda, con (b) el costo marginal de dichos bienes, en la forma como son representados por la curva de abasto de dicha firma. Bajo ciertas circunstancias, la competencia garantiza eficiencia en la que la utilidad de ningún consumidor puede ser incrementada sin reducir la utilidad de otro consumidor. Lo anterior es cierto aún en un mundo con múltiples factores y productos.1

    En términos generales, podemos decir que la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) persigue el funcionamiento eficiente de los mercados (art. 2 LFCE), entendiendo por eficiencia el que produce más con menores recursos Page 91 económicos. se estima que la LFCE debe proteger el proceso de competencia y libre concurrencia, mas no a los competidores.

2. La definición de justicia:

Interesa ahora, en orden a un mejor conocimiento de la acción justa, y su aplicación al concepto de eficiencia de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), analizar la fórmula con que se expresa: dar a cada uno lo suyo, que es una descripción del acto justo:

  1. sentido del verbo dar: a') La acción justa o acto propio de la justicia fue designada por los romanos como tribuere, lo cual traducimos al castellano como dar. El verbo utilizado tiene un sentido muy genérico. En realidad, no existe -al menos en latín y en castellano- ningún verbo que signifique todo el conjunto de acciones específicas que se incluyen en el posible acto de justicia. El verbo que más se acerca es el de restituir y sin duda el acto específico de la justicia puede denominarse en algunos casos -y así lo hace Tomás de Aquino respecto de la justicia conmutativa- como restitución. Pero esta palabra también tiene inconvenientes al no mostrar suficientemente toda la amplitud de la acción justa.

  2. La idea que tiene que expresar el verbo que designe el acto justo es la de una acción en cuya virtud lo suyo de cada uno es respetado, o si ha pasado al poder de otro, es restituido o restablecido en su primitiva posición. El punto de partida del jurista, que es el punto de partida del fenómeno jurídico: las cosas están repartidas y pasan o pueden pasar a la esfera de poder de otra persona distinta a su titular. Esto supuesto, la acción justa siempre sigue al hecho, de que la tenencia de lo suyo -sea por la dinamicidad de las relaciones sociales, sea por la injusticia- está en la esfera de interferencia de esa tenencia por otros. si la interferencia se ha producido, la acción justa consiste en restituir la cosa, en restablecer al titular de la cosa en la posición...

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