Editorial

AutorCarlos Norberto Valero Flores
Cargo del AutorInvestigador 'A' en el Centro de Estudios de Derecho e investigaciones Parlamentarias
Páginas7-8
EDITORIAL
El derecho a la alimentación ilustra un postulado social fundamental
en los Estados, que se precien de ser democrácos; por lo que ningún
gobierno converrá en realidad el derecho a la alimentación, si no lo
procura con la misma determinación que lo hace con los considerados
derechos humanos, entre ellos los derechos universales a la libertad
de reunión, la libertad de expresión, el derecho a la información; e
incluso los derechos a la educación, a la salud, a la vivienda, al medio
ambiente, etc. En la prácca, el derecho a la alimentación se idenca
con lo que se conoce como un Estado Social de Derecho, que consiste,
según Ernst Forstho, en la naturaleza social que un Estado debe
desempeñar con el objeto de superar el principio liberal que abandona
a la sociedad a su acción espontánea.
Hay que tener presente que el derecho a la alimentación está
considerado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) como
un derecho humano, de ahí que se encuentre establecido como tal
en numerosos tratados, pactos y convenciones internacionales; por lo
que el enfoque de la seguridad alimentaria obene otra dimensión
jurídica donde todos los gobiernos enen la obligación legal de actuar
para que las personas dentro de su territorio no sólo no pasen hambre,
sino que puedan producir y procurarse, de forma plena y acorde con
su dignidad humana, los alimentos mínimos e indispensables para
lograr una vida sana.
La crisis económica iniciada en el año de 2008 y que seguramente
connuará hasta el 2012, ha demostrado, entre otras cosas, un grado
muy alto de dependencia alimentaria, sobre todo en los granos básicos,
baste señalar que de conformidad con los informes gubernamentales,
la relación entre importaciones y el consumo nacional del arroz fue de
un 74%, la del trigo de un 45.7%, la del maíz de un 24.8% y la de la soya
de un 97.1%; sólo en el caso del frijol las cifras referidas nos muestran
una dependencia de sólo el 7.5%; es precisamente este rubro de la
economía, el que debería ser atendido prioritariamente, no sólo para
garanzar la soberanía alimentaria, sino para promover el empleo en
el campo y fortalecer el mercado interno; en esta tarea, la Cámara de

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