Cierre del acta final de una visita domiciliaria en horas inhábiles, debe existir oficio de habilitación de esas horas según lo referido en el CFF. Tesis del TFJFA

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El artículo 13 del CFF dispone lo siguiente (énfasis añadido):

13. La práctica de diligencias por las autoridades fiscales deberá efectuarse en días y horas hábiles, que son las comprendidas entre las 7:30 y las 18:00 horas. Una diligencia de notificación iniciada en horas hábiles podrá concluirse en hora inhábil sin afectar su validez. Tratándose de la verificación de bienes y de mercancías en transporte, se considerarán hábiles todos los días del año y las 24 horas del día.

Las autoridades fiscales para la práctica de visitas domiciliarias, del procedimiento administrativo de ejecución, de notificaciones y de embargos precautorios, podrán habilitar los días y horas inhábiles, cuando la persona con quien se va a practicar la diligencia realice las actividades por las que deba pagar contribuciones en días u horas inhábiles. También se podrá continuar en días u horas inhábiles una diligencia iniciada en días y horas hábiles, cuando la continuación tenga por objeto el aseguramiento de contabilidad o de bienes del particular.

Como se aprecia, la práctica de diligencias por las autoridades tributarias debe efectuarse en días y horas hábiles, es decir, las comprendidas entre las 7:30 y las 18:00 horas; sin embargo, si se trata, entre otras, de visitas domiciliarias, se podrán habilitar los días y horas inhábiles únicamente en los dos supuestos siguientes:

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Por lo anterior, en ningún otro supuesto procedería la habilitación de días y horas inhábiles para la continuación de una visita domiciliaria, pues en caso contrario se transgrediría el derecho de inviolabilidad del domicilio del particular, dispuesto en el artículo 16 de la CPEUM, según lo señalaron algunos contribuyentes que acudieron a los tribunales.

Al efecto, la Sala Regional Norte-Centro I del TFJFA emitió un criterio aislado en el que indica que para la validez de un acta final de visita domiciliaria que se inicia en horas hábiles y se culmina en horas inhábiles, los visitadores deben contar con un oficio de habilitación de la autoridad tributaria para continuar actuando en el domicilio de la parte actora en horas inhábiles, en el cual se precise cuál de los dos supuestos del segundo párrafo del artículo 13 del CFF se actualizó, es decir, si se trataba de una persona cuya actividad por la que deba pagar contribuciones se realizaba en días y horas inhábiles y/o si la continuación de la visita tenía por objeto el aseguramiento de...

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