De las instituciones de crédito, de seguros y de fianzas, de los almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, uniones de crédito y de las sociedades de inversión de capitales

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas417-418
ARTÍCULO 73

Pago de intereses por cuenta del establecimiento en el extranjero

Para los efectos del artículo 51, penúltimo párrafo de la Ley, cuando la persona que pague los intereses, cubra el impuesto que al establecimiento en el extranjero de instituciones de crédito del país le corresponda, el importe de dicho impuesto se considerará ingreso por interés de los comprendidos en dicho artículo y será deducible para el contribuyente que lo pagó, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 123 de la Ley, según corresponda.

ARTÍCULO 74

Cálculo de la diferencia que se considera ingreso acumulable

Para los efectos del artículo 53, quinto párrafo de la Ley, para el cálculo de la diferencia que se considere ingreso acumulable en el ejercicio, tampoco se considerarán las disminuciones aplicadas a las reservas preventivas que provengan de la eliminación de créditos calificados como de tipo E, reservados al 100%, del activo de la institución de crédito, de acuerdo a las reglas de carácter general emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

ARTÍCULO 74-A

Certificación de misiones diplomáticas de estados extranjeros

Para los efectos del artículo 58, fracción I, inciso f) de la Ley, las misiones diplomáticas de estados extranjeros deberán exhibir ante la institución financiera que efectúe el pago de los intereses la constancia emitida por la autoridad competente, en la que dicha autoridad certifique que el gobierno correspondiente otorga un trato de reciprocidad a las misiones diplomáticas del Gobierno Mexicano y las condiciones y características de este tratamiento.

Para obtener la certificación correspondiente, las misiones diplomáticas de estados extranjeros deberán presentar ante la autoridad competente, un escrito solicitando la constancia de reciprocidad en materia del impuesto sobre la renta y, en su caso, sus límites en cuanto al monto, tipo y demás datos relacionados con los impuestos a que estén sujetos los intereses percibidos por las misiones diplomáticas mexicanas.

ARTÍCULO 75

Declaración informativa de intereses pagados por las Afores

Para los efectos del artículo 59, fracción I de la Ley, las administradoras de fondos para el retiro podrán cumplir con las obligaciones establecidas en dicha fracción, entregando anualmente al SAT la siguiente información del trabajador afiliado: nombre, clave del Registro Federal de Contribuyentes y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR