Conozca las distintas opciones para elegir y cambiar de Afore

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A partir del 1o. de julio de 1997 entró en vigor la aplicación del nuevo sistema de pensiones, en el que cada trabajador afiliado por su patrón al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puede conocer y llevar un control de los fondos acumulados para obtener una pensión al final de su vida laboral; es decir, cada trabajador administra mediante una cuenta individual, las cuotas y aportaciones que realizan el patrón y el propio trabajador.

En términos del artículo 159, fracción I, de la Ley del Seguro Social (LSS), la cuenta individual es aquella que abrirá cada asegurado en la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) de su elección, para que se depositen en la misma las cuotas obrero-patronales por concepto del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como los rendimientos.

En este sentido, por Afore se entiende la entidad financiera autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y supervisada por la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (Consar) dedicada a administrar los fondos depositados en la cuenta individual de los trabajadores; ésta opera conforme al nuevo esquema de pensiones y tiene por objeto ofrecer una mejor pensión al momento del retiro de los trabajadores.

Integración de la cuenta individual

La cuenta individual es la cuenta personal y única de cada trabajador administrada por la Afore de su elección, en la cual se acumulan todas las aportaciones realizadas por el patrón, el gobierno y los trabajadores.

En términos del artículo 74 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR), la cuenta individual que administra la Afore está conformada por cuatro subcuentas, a saber:

  1. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

  2. Vivienda.

  3. Aportaciones voluntarias.

  4. Aportaciones complementarias de retiro.

    El ahorro que se acumule en la cuenta individual dependerá de cuatro factores:

  5. Del monto de las aportaciones tripartitas (patrón, gobierno y trabajador).

  6. Del monto de comisiones que cobre la Afore.

  7. De los rendimientos que la Afore genere por la inversión del dinero.

  8. De las aportaciones voluntarias y complementarias que el trabajador realice, adicionales a las aportaciones obligatorias.

La Consar como órgano supervisor de las Afore

El 22 de julio 1994 se dio a conocer la LSAR, en la que se estableció la creación de la Consar, como órgano administrativo desconcentrado de la SHCP, la cual tiene por objeto:

  1. Fijar los mecanismos, criterios y procedimientos para el funcionamiento del sistema de ahorro para el retiro.

  2. Operar los mecanismos de protección de los intereses de los trabajadores cuentahabientes.

  3. Vigilar e inspeccionar a las instituciones de crédito, sociedades de inversión que manejan recursos de las subcuentas de retiro y sus sociedades operadoras, así como a cualquier otra entidad financiera que participe en el sistema de ahorro.

La Consar busca proteger los ahorros para el retiro de los trabajadores, desarrollando un entorno de competencia que permita el ejercicio informado de sus derechos, para que obtengan pensiones dignas.

Por ello, ha conformado su estructura administrativa para atender con eficacia y eficiencia sus atribuciones de control, inspección y vigilancia de las instituciones de crédito y de las entidades que administren sociedades de inversión, que manejen recursos de las subcuentas de retiro de las cuentas individuales.

Cómo elegir una Afore

En el momento en que un trabajador inicia una relación laboral y el patrón presenta su alta ante el IMSS, el subordinado podrá elegir la Afore que administre los recursos acumulados en su...

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