Disposiciones preliminares

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LEY RECURSOS PROCEDENCIA ILICITA/DISP. PRELIMINARES 1-3
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
FELIPE DE JESUS CALDERON HINOJOSA, Presidente de los
Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme
el siguiente
DECRETO
EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA-
NOS, DECRETA:
SE EXPIDE LA LEY FEDERAL PARA LA PREVENCION E IDENTI-
FICACION DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA
ILICITA.
ARTICULO UNICO. Se expide la Ley Federal para la Prevención
e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita:
LEY FEDERAL PARA LA PREVENCION E IDENTI-
FICACION DE OPERACIONES CON RECURSOS
DE PROCEDENCIA ILICITA
CAPITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
ARTICULO 1. La presente Ley es de orden e interés público y de
observancia general en los Estados Unidos Mexicanos.
ARTICULO 2. El objeto de esta Ley es proteger el sistema financie-
ro y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos
para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos
de procedencia ilícita, a través de una coordinación interinstitucio-
nal, que tenga como fines recabar elementos útiles para investigar
y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia
ilícita, los relacionados con estos últimos, las estructuras financieras
de las organizaciones delictivas y evitar el uso de los recursos para
su financiamiento.
ARTICULO 3. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

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