Disposiciones generales

AutorEdiciones Fiscales ISEF, S.A.
Páginas1-5

Page 1

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.

CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:

Capítulo I Del objeto de la Ley

NATURALEZA Y OBJETO DE ESTA LEY

ARTICULO 1o. La presente Ley es de orden público y de observancia general en toda la República. Su objeto es la determinación de reglas para canalizar la inversión extranjera hacia el país y propiciar que ésta contribuya al desarrollo nacional.

IDENTIFICACION DE LA TERMINOLOGIA UTILIZADA EN ESTA LEY ARTICULO 2o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I. Comisión: la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras;

II. Inversión Extranjera:

a) La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas;

b) La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero; y

c) La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos contemplados por esta Ley;

III. Inversionista Extranjero: a la persona física o moral de nacionalidad distinta a la mexicana y las entidades extranjeras sin personalidad jurídica;

IV. Registro: el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras;

V. Secretaría: la Secretaría de Economía;

Page 2

VI.

Zona Restringida: la faja del territorio nacional de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta a lo largo de las playas, a que hace referencia la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y

VII. Cláusula de Exclusión de Extranjeros: el convenio o pacto expreso que forme parte integrante de los estatutos sociales, por el que se establezca que las sociedades de que se trate no admitirán directa ni indirectamente como socios o accionistas a inversionistas extranjeros, ni a sociedades con cláusula de admisión de extranjeros.

QUE INVERSION SE EQUIPARA A LA INVERSION MEXICANA

ARTICULO 3o. Para los efectos de esta Ley se equipara a la inversión mexicana la que efectúen los extranjeros en el país con la condición de estancia de Residente Permanente, salvo aquélla realizada en las actividades contempladas en los Títulos Primero y Segundo de esta Ley.

PROPORCION EN QUE LA INVERSION EXTRANJERA PODRA PARTICIPAR EN EL CAPITAL SOCIAL DE SOCIEDADES MEXICANAS

ARTICULO 4o. La inversión extranjera podrá participar en cualquier proporción en el capital social de sociedades mexicanas, adquirir activos fijos, ingresar a nuevos campos de actividad económica o fabricar nuevas líneas de productos, abrir y operar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR