Disposiciones generales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

ACUERDO del Consejo Consultivo por el que se Aprueba el Reglamento Inter-no de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

El Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, José Luis Soberanes Fernández, con fundamento en lo dispuesto por el apartado B del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por los artículos 15 fracción IV, 17 y 19 fracción II de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, hace saber el siguiente:

ACUERDO

UNICO. El Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en su sesión ordinaria número 178, celebrada el 12 de agosto de 2003, acordó emitir el presente Reglamento, en los siguientes términos:

CONSIDERANDO

Que las últimas reformas a la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de noviembre de 2001 y entraron en vigor al día siguiente.

Que el Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 1992 y que la última adición al artículo 129 Bis se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2000.

Que desde las fechas mencionadas el Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos no ha tenido modificaciones y que es necesario adecuar sus normas a las legales y constitucionales.

Que atendiendo a los razonamientos anteriores, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emite el presente Reglamento, para cumplir con la finalidad indicada.

Capítulo Único

ARTICULO 1o. (Objeto del Reglamento y naturaleza jurídica de la Comisión Nacional)

El presente ordenamiento reglamenta la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y regula su estructura, facultades y funcionamiento como un

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organismo público del Estado mexicano con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objeto esencial es la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos previstos en el orden jurídico mexicano.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos es también un órgano de la sociedad y defensor de ésta.

ARTICULO 2o. (Denominaciones)

Para los fines del presente...

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