Disposiciones Generales

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1149-1450

Page 1449

CAPÍTULO UNICO Finalidad de la Ley

ARTÍCULO 1.

La present e Ley tiene por objeto regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país, integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional, defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la población.

Ambito de aplicación e interpretación de esta ley

ARTÍCULO 2.

Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de aplicación en toda la República, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados o convenios internacionales de los que México sea parte. La aplicación e interpretación de estas disposiciones corresponden, para efectos administrativos, al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía.

I. Secretaría, la Secretaría de Economía; LCE 5o. LOAPF 34.

II. Comisión, la Comisión de Comercio Exterior; LCE 6o. RLCE 2o al 5o.

III. Cuotas compensatorias, aquellas que se aplican a las mercancías importadas en condiciones de discriminación de precios o de subvención en su país de origen, conforme a lo establecido en la presente Ley;

IV. Reglas, las de carácter general que emita la Secretaría, sobre regulaciones y restricciones no arancelarias y programas e instrumentos de comercio exterior, y

V. Reglamento, el Reglamento de esta Ley.

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Cuando esta Ley se refiera a plazos en días se entenderán días hábiles y cuando se refiera a meses o años se entenderán meses o años calendario.

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