Disposiciones generales

AutorComisión de Desarrollo Profesional Continuo
Páginas15-16

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1.1 Con fundamento en los Estatutos del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (“Instituto o IMCP”), se emite la presente Norma, que tiene por objeto reglamentar las actividades de los asociados activos, miembros de las asociaciones Federadas (“Federadas”) al IMCP, que deberán llevar a cabo para cumplir con el desarrollo profesional continuo, así como, establecer las facultades y obligaciones de las Federadas y del propio IMCP, para difundir, promover, facilitar, vigilar y controlar su cumplimiento.

1.2 Para efectos de esta Norma, se entiende por desarrollo profesional continuo, la actividad del conocimiento programada, formal, reconocida y permanente que el Contador Público, como asociado activo del IMCP, debe llevar a cabo con el fin de actualizar y mantener sus conocimientos profesionales en el nivel que le exige su responsabilidad social.

1.3 El cumplimiento de esta Norma es obligatoria para todos los asociados activos del Instituto, considerándose como tales a los que reúnen los requisitos establecidos en los Estatutos del Instituto y que estén ejerciendo la profesión, incluyendo a los asociados vitalicios.

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1.4 Los asociados activos deberán cumplir con las disposiciones de esta Norma, porque el desarrollo profesional continuo:

  1. Permite la actualización y el mantenimiento de los conocimientos profesionales.

  2. Asegura, junto con la Certificación, la calidad en...

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