Disposiciones generales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
FELIPE DE JESUS CALDERON HINOJOSA, Presidente de los
Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confie-
re el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 31 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal, y Décimo, Décimo
Primero y Décimo Segundo Transitorios del Decreto por el que se
expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado, publicado en el Diario Oficial de la Federa-
ción el 31 de marzo de 2007, he tenido a bien expedir el siguiente
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE
PENSIONES DE LOS TRABAJADORES SUJETOS
AL REGIMEN DEL ARTICULO DECIMO TRANSI-
TORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE
LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SER-
VICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES
DEL ESTADO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. El presente ordenamiento tiene por objeto regla-
mentar el otorgamiento de las pensiones y prestaciones complemen-
tarias a que tienen derecho los trabajadores sujetos al régimen que
se establece en el Artículo Décimo Transitorio del Decreto por el que
se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado, publicado en el Diario Oficial de la Federa-
ción el 31 de marzo de 2007.
Asimismo, en el presente Reglamento se establecen los instru-
mentos y procedimientos para que la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado efectúen el pago de las citadas pensiones
y prestaciones.
ARTICULO 2. Para los efectos del presente Reglamento, se estará
a las definiciones siguientes:
RGTO. PENSIONES ART. DECIMO/DISPOSICIONES GRALES. 1-2

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