Disposiciones generales

AutorAnnamaria Bonomo
Páginas71-76
71
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Uni-
dos Mexicanos. Presidencia de la República.
CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de
los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el
siguiente
DECRETO
El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:
LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSU-
MIDOR
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. La presente Ley es de orden público e interés social
y de observancia en toda la República. Sus disposiciones son irre-
nunciables y contra su observancia no podrán alegarse costumbres,
usos, prácticas, convenios o estipulaciones en contrario.
El objeto de esta Ley es promover y proteger los derechos y cultu-
ra del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica
en las relaciones entre proveedores y consumidores.
Son principios básicos en las relaciones de consumo:
I. La protección de la vida, salud y seguridad del consumidor con-
tra los riesgos provocados por productos, prácticas en el abasteci-
miento de productos y servicios considerados peligrosos o nocivos;
II. La educación y divulgación sobre el consumo adecuado de los
productos y servicios, que garanticen la libertad para escoger y la
equidad en las contrataciones;
III. La información adecuada y clara sobre los diferentes produc-
tos y servicios, con especificación correcta de cantidad, característi-
cas, composición, calidad y precio, así como sobre los riesgos que
representen;
LEY PROTECCION CONSUMIDOR/DISP. GENERALES 1

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