Disposiciones generales

AutorAnnamaria Bonomo
Páginas1-7
1
1-3
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente Constitucio-
nal de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el si-
guiente
DECRETO
El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. La presente Ley es de orden público y tiene por
objeto regular el uso, aprovechamiento y explotación del espectro
radioeléctrico, de las redes de telecomunicaciones, y de la comuni-
cación vía satélite.
ARTICULO 2. Corresponde al Estado la rectoría en materia de
telecomunicaciones, a cuyo efecto protegerá la seguridad y la sobe-
ranía de la Nación.
En todo momento el Estado mantendrá el dominio sobre el espec-
tro radioeléctrico y las posiciones orbitales asignadas al país.
ARTICULO 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I. Banda de frecuencias: porción del espectro radioeléctrico que
contiene un conjunto de frecuencias determinadas;
II. Espectro radioeléctrico: el espacio que permite la propaga-
ción sin guía artificial de ondas electromagnéticas cuyas bandas
de frecuencias se fijan convencionalmente por debajo de los 3,000
gigahertz;
III. Estación terrena: la antena y el equipo asociado a ésta que se
utiliza para transmitir o recibir señales de comunicación vía satélite;
IV. Frecuencia: número de ciclos que por segundo efectúa una
onda del espectro radioeléctrico;
LEY TELECOMUNICACIONES/DISPOSICIONES GRALES.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR