Disposiciones generales

AutorAnnamaria Bonomo
Páginas3-4
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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Esta-
dos Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere
el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 36 de la Ley Or-
gánica de la Administración Pública Federal; 7o., fracciones II, III, VII
y XV, 8o., fracciones I, IV y X, 9o. a 15, 32, 34, 35, 37, 39, 43, 48 a 51 y
107 de la Ley de Navegación, he tenido a bien expedir el siguiente
REGLAMENTO DE LA LEY DE NAVEGACION
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO UNICO
ARTICULO 1o. El presente ordenamiento tiene por objeto regla-
mentar la actividad de las autoridades marítimas y de los particulares
en los asuntos marítimos y portuarios que regula la Ley de Navega-
ción.
ARTICULO 2o. Además de las definiciones a que se refiere el
artículo 2o. de la Ley de Navegación, para los efectos de este Regla-
mento se entenderá por:
I. Empresas, a las navieras mexicanas constituidas por personas
físicas o morales;
II. Ley, la Ley de Navegación.
Ill. Derogada.
lV. Registro, al Registro Público Marítimo Nacional.
ARTICULO 3o. Corresponde a la Secretaría la aplicación e inter-
pretación del presente Reglamento para efectos administrativos.
ARTICULO 4o. En caso de que no se señale un plazo específico
para resolver las solicitudes que se presenten ante la Secretaría para
realizar cualquier trámite de los establecidos en la Ley y en el
presente Reglamento, aquél no podrá exceder de veinte días
RGTO. LEY NAVEGACION/DISPOSICIONES GENERALES 1-4

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