Disposiciones generales

AutorAnnamaria Bonomo
Páginas1-7
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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos
Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme
el siguiente
DECRETO
El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:
ARTICULO UNICO. Se expide la Ley de Navegación y Comercio
Marítimos.
LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO MARITI-
MOS
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
AMBITO DE APLICACION DE LA LEY
ARTICULO 1. Esta Ley es de orden público y tiene por objeto
regular las vías generales de comunicación por agua, la navegación
y los servicios que en ellas se prestan, la marina mercante mexicana,
así como los actos, hechos y bienes relacionados con el comercio
marítimo.
Quedan exceptuadas de las disposiciones de esta Ley las em-
barcaciones y artefactos navales de uso militar, pertenecientes a la
Secretaría de Marina.
ARTICULO 2. Para efectos de esta Ley se entenderá por:
I. Secretaría: La Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
II. Navegación: La actividad que realiza una embarcación, para
trasladarse por vías navegables de un punto a otro, con dirección y
fines determinados.
LEY DE NAVEGACION/AMBITO DE APLICACION DE LA LEY

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