Disposiciones generales

AutorAnnamaria Bonomo
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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de
los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el si-
guiente
DECRETO
El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:
LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERA-
TIVAS
TITULO I
CAPITULO UNICO
DISPOSICIONES GENERALES
OBJETO DE ESTA LEY
(R) ARTICULO 1. La presente Ley tiene por objeto regular la
constitución, organización, funcionamiento y extinción de las So-
ciedades Cooperativas y sus Organismos en que libremente se
agrupen, así como los derechos de los Socios.
Sus disposiciones son de orden público, interés social y de
observancia general en el territorio nacional. (DOF 13/08/09)
QUE ES UNA SOCIEDAD COOPERATIVA
ARTICULO 2. La sociedad cooperativa es una forma de organi-
zación social integrada por personas físicas con base en intereses
comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda
mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y
colectivas, a través de la realización de actividades económicas de
producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
DEFINICION DE LOS ORGANISMOS QUE SE INDICAN
ARTICULO 3. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
I. Organismos cooperativos, a las uniones, federaciones y confe-
deraciones que integren las sociedades cooperativas; y
LEY SOCIEDADES COOPERATIVAS/DISPOSICIONES GRALES.

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