Disposiciones Generales

AutorPérez Chavez, José - Campero Guerrero, Eladio
Páginas39-53

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LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (1)

LISR–DISPOSICIONES GENERALES

(1) Nota del Edi tor: De acuer do con el CFF DT2012 3o., a par tir del 1o. de enero de 2012, las dis po si cio nes que es ta ble ce el CFF en ma te ria de comprobantesfiscalesprevalecerán sobrelascontenidasenlasleyesfiscalesfederales,sinquelosaspectosdiversosalosrequisitos delos

Sujetosdel impuesto

Establecimiento permanente

2o.- ParalosefectosdeestaLey,seconsideraestablecimientopermanente cual quier lugar de ne go cios en el que se de sa rro llen, par cial o to tal men te, ac ti -vidadesempresarialesoseprestenserviciospersonalesindependientes.Se entenderácomoestablecimientopermanente,entreotros,lassucursales, agencias, oficinas,fábricas,talleres,instalaciones,minas,canterasocualquier lugardeexploración,extracciónoexplotaciónderecursosnaturales.

LISR 3o. CFF 10, 16. LIETU 3o III. LIF2012 21 I 3. CCOM 15, 75. LGSM 250, 251. LIE 17, 17-A. LCM 16.

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comprobantesfiscalessealterenporlasdisposicionesdelDecretoque reforma,adicionayderogadiversasdisposicionesdelCódigoFiscaldela Fe de ra ción, vi gen te a par tir del 1o. de enero de 2012. TITULO I
Disposiciones Generales 1o.- Las per so nas fí si cas y las mo ra les, están obli ga das al pago del im -pues to sobre la renta en los si guien tes casos:
LISR 8o. CC 22, 25.
I. LasresidentesenMéxico,respectodetodossusingresoscualquiera que sea la ubi ca ción de la fuen te de ri que za de donde pro ce dan.
CFF 8o, 9o. LIETU 1o. CPEUM 42, 43. REFAV ISR 14/III/08.
II. Losresidentesenelextranjeroquetenganunestablecimientopermanen te en el país, res pec to de los in gre sos atri bui bles a dicho es ta ble ci mien -topermanente.
LISR 2o, 3o, 4o, 8o. CFF 8o, 9o. LIETU 1o. CPEUM 27. CCOM 15. LGSM 250, 251. LIE 17, 17-A. LCM 16.
III. Losresidentesenelextranjero,respectodelosingresosprocedentes defuentesderiquezasituadasenterritorionacional,cuandonotenganun establecimientopermanenteenelpaís,ocuandoteniéndolo,dichosingresos no sean atri bui bles a éste.
LISR 2o, 3o, 179 al 211. CFF 8o, 9o, 27. CPEUM 42. RM2011 I.2.1.3.

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2o.- LISR–DISPOSICIONES GENERALES 40 Extran je ros que ac túen en el país a tra vés de una per so na
Noobstantelodispuestoenelpárrafoanterior,cuandounresidenteenel ex tran je ro actúe en el país a tra vés de una per so na fí si ca o moral, dis tin ta de unagenteindependiente,seconsideraráqueelresidenteenelextranjero tiene un es ta ble ci mien to per ma nen te en el país, en re la ción con todas las ac -ti vi da des que dicha per so na fí si ca o moral rea li ce para el re si den te en el ex -tran je ro, aun cuan do no tenga en te rri to rio na cio nal un lugar de ne go cios o para la pres ta ción de ser vi cios, si dicha per so na ejer ce po de res para ce le con tra tos a nom bre o por cuen ta del re si den te en el ex tran je ro ten dien tes a la

brar

rea li za ción de las ac ti vi da des de éste en el país, que no sean de las men cio -na das en el ar tícu lo 3o. de esta Ley.

LISR 3o, 8o, 17. CFF 8o, 9o. CRNV 12/ISR. CPEUM 42. CC 22, 25.

Fideicomiso

Encasodequeunresidenteenelextranjerorealiceactividades empresaria les en el país, a tra vés de un fi dei co mi so, se con si de ra rá como lugar de ne go cios de dicho re si den te, el lugar en que el fi du cia rio rea li ce tales ac ti vi -da des y cum pla por cuen ta del re si den te en el ex tran je ro con las obli ga cio -nesfiscalesderivadasdeestasactividades.

CFF 8o, 9o, 16. LGTOC 381 al 394. CCOM 1414-Bis al 1414-Bis 20. REFAV ISR 26/I/2004, REFAV ISR 21/VIII/2007.

Aseguradoraresidenteenelextranjero

Seconsideraráqueexisteestablecimientopermanentedeunaempresa aseguradoraresidenteenelextranjero,cuandoéstapercibaingresosporel cobrodeprimasdentrodelterritorionacionaluotorgueseguroscontrariesgos si tua dos en él, por medio de una per so na dis tin ta de un agen te in de -pendiente,exceptoenelcasodelreaseguro.

CFF 8o, 9o. LGISMS 3o, 4o, 10 II, 23, 33-A al 33-N, 34 XV, 139 XI.

Agen te que no ac túa en el mar co or di na rio de su ac ti vi dad

De igual forma, se con si de ra rá que un re si den te en el ex tran je ro tiene un es -tablecimientopermanenteenelpaís,cuandoactúeenelterritorionacionala tra vés de una per so na fí si ca o moral que sea un agen te in de pen dien te, si éste no actúa en el marco or di na rio de su ac ti vi dad. Para estos efec tos, se con si -de ra que un agen te in de pen dien te no actúa en el marco or di na rio de sus ac ti -vidadescuandoseubiqueencualquieradelossiguientessupuestos:

LISR 8o. CFF 8o, 9o. CRNV 12/ISR. CPEUM 42.

I. Tenga exis ten cias de bie nes o mer can cías, con las que efec túe en tre gas porcuentadelresidenteenelextranjero.

CC 2284 al 2292.

II. Asuma ries gos del re si den te en el ex tran je ro.
III. Actúesujetoainstruccionesdetalladasoalcontrolgeneraldelresidenteenelextranjero.

LMV 2o III.

IV. Ejerzaactividadesqueeconómicamentecorrespondenalresidenteen elextranjeroynoasuspropiasactividades.

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41 LISR–DISPOSICIONES GENERALES 3o.-

V. Percibasusremuneracionesindependientemente delresultado desus actividades.
VI. Efectúeoperacionesconelresidenteenelextranjeroutilizandopreciosomontosdecontraprestacionesdistintosdelosquehubieranusado partesnorelacionadasenoperacionescomparables.

LISR 215, 216. CFF 9o, 34-A. NIF C-13.

Servicios deconstruccióndeobra,demolición

yotros - ra les, con se cu ti vos o no, en un enelde- caso, para el cómpu to sas que lle ven a cabo ope ra cio - te en el país, bie nes o mer can - tran je ro, un tra ta do para evi - coneltratadoenla tes del tra ta do, para rra fo, sólo será apli ca ble

Tratándosedeserviciosdeconstruccióndeobra,demolición,instalación, mantenimientoomontajeenbienesinmuebles,oporactividadesdepro

yección,inspecciónosupervisiónrelacionadasconellos,seconsiderará queexisteestablecimientopermanentesolamentecuandolosmismosten

gan una du ra ción de más de 183 días na tu

pe rio do de doce meses.

LISR 201, 209. RISR 4o. CC 750, 751. REFAV ISR 26/I/2004.

Paralosefectosdelpárrafoanterior,cuandoelresidenteenelextranjero subcontrateconotrasempresaslosserviciosrelacionadosconconstruc

cióndeobras,demolición,instalaciones,mantenimientoomontajesenbie

nesinmuebles,oporactividadesdeproyección,inspecciónosupervisión relacionadasconellos,losdíasutilizadosporlossubcontratistas

sa rro llo de estas ac ti vi da des se adi cio na rán, en su

delplazomencionado.

LISR 201, 209. RISR 4o.

Operacionesdemaquila

Noseconsideraráqueunresidenteenelextranjerotieneunestableci

mientopermanenteenelpaís,derivadodelasrelacionesdecarácterjurídi

co o eco nó mi co que man ten gan con em pre

nes de ma qui la, que pro ce sen ha bi tual men

cíasmantenidasenelpaísporelresidenteenelextranjero,utilizandoacti

vosproporcionados,directaoindirectamente,porelresidenteenelextran

jeroocualquierempresarelacionada,siemprequeMéxicohayacelebrado, con el país de re si den cia del re si den te en el ex

tarladobleimposiciónysecumplanlosrequisitosdeltratado,incluyendo losacuerdosamistososcelebradosdeconformidad

forma en que hayan sido im ple men ta dos por las par

queseconsiderequeelresidenteenelextranjeronotieneestablecimiento per ma nen te en el país. Lo dis pues to en este pá

siem pre que las em pre sas que lle ven a cabo ope ra cio nes de ma qui la cum -plan con lo se ña la do en el ar tícu lo 216-Bis de esta Ley.

LISR 5o, 215, 216-Bis. RISR 4o-A. RM2011 I.3.19.1, I.3.19.2.

DIMMEX TR2006 3o I, TR2006 3o II. NIF C-13.

Para los efec tos de este ar tícu lo se en tien de por ope ra ción de ma qui la la de fi ni da en los tér mi nos del De cre to para el Fo men to y Ope ra ción de la IndustriaMaquiladoradeExportación.

RM2011 I.3.19.2. DIMMEX TR2006 3o I, TR2006 3o II.

Noconstituyeestablecimientopermanente
3o.- Noseconsideraráqueconstituyeestablecimientopermanente:

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4o.- LISR–DISPOSICIONES GENERALES


I. La uti li za ción o el man te ni mien to de ins ta la cio nes con el único fin de al -macenaroexhibirbienesomercancíaspertenecientesalresidenteenelextranjero.

LISR 2o. CFF 9o. LIETU 3o III. LIF2012 21 I 3. CC 747 al 763.

II. Laconservacióndeexistenciasdebienesodemercancíaspertenecientes al re si den te en el ex tran je ro con el único fin de al ma ce nar o ex hi bir di chos bie nes o mer can cías o de que sean trans for ma dos por otra per so na.

CFF 9o. CC 747 al 763.

III. La uti li za ción de un lugar de ne go cios con el único fin de com prar bie -nes o mer can cías para el re si den te en el ex tran je ro.

CFF 9o. CC 747 al 763.

IV. La uti li za ción de un lugar de ne go cios con el único fin de de sa rro llar ac -tividadesdenaturalezapreviaoauxiliarparalasactividadesdelresidente enelextranjero,yaseandepropaganda,desuministrodeinformación,de investigacióncientífica,depreparaciónparalacolocacióndepréstamos,o deotrasactividadessimilares.

RISR 5o. CFF 9o.

V. El de pó si to fis cal de bie nes o de mer can cías de un re si den te en el ex -tran je ro en un al ma cén ge ne ral de de pó si to ni la en tre ga de los mis mos para suimportaciónalpaís.

LA 119.

Ingresosatribuibles aestablecimientopermanente

4o.- Seconsideraráningresosatribuiblesaunestablecimientopermanenteenelpaís,losprovenientesdelaactividadempresarialquedesarrolle o los in gre sos por ho no ra rios y en ge ne ral por la pres ta ción de un ser vi cio personalindependiente,asícomolosquederivendeenajenaciones de mercancíasodebienesinmueblesenterritorionacional,efectuadosporla oficinacentraldelapersona,porotroestablecimientodeéstaodirectamente por el re si den te en el ex tran je ro, según sea el caso. Sobre di chos in gre -sos se de be rá pagar el im pues to en los tér mi nos de los Tí tu los II o IV de esta Ley,segúncorresponda.

LISR 2o, 10 al 92, 120 al 136-Bis. CFF 8o, 9o, 16. LIETU 3o III. CC 750 al 763, 2029 al 2050, 2248 al 2268, 2323 al 2356. CCOM 75, 371 al...

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