Disposiciones comunes a los integrantes de las instituciones de seguridad publica

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CAPÍTULO PRIMERO De los derechos y obligaciones de los integrantes de las instituciones de seguridad publica

(R) ARTÍCULO 100. Con el objeto de garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública tendrán, de conformidad con su adscripción a unidades de prevención, de reacción o de investigación, los derechos y obligaciones siguientes: (GEM 13/09/17)

A. Derechos:

I. Percibir la remuneración neta por el desempeño de su servicio, salvo las deducciones y descuentos que procedan en términos de Ley, que tenderá a ser un salario digno acorde con el servicio;

II. Gozar de un trato digno y decoroso por parte de sus superiores jerárquicos, iguales o subalternos;

III. Ser sujeto de los ascensos, condecoraciones, estímulos, recompensas y distinciones a que se hayan hecho merecedores, así como permanecer en el servicio de carrera en términos de las disposiciones legales correspondientes;

IV. Recibir la formación, capacitación, adiestramiento y profesionalización;

V. Recibir en forma gratuita el vestuario, armamento y equipo necesario para el desempeño de sus funciones;

VI. Recibir asesoría legal en asuntos relacionados con el ejercicio de sus funciones;

VII. Gozar de los beneficios y prestaciones de seguridad social en términos de las disposiciones legales aplicables;

VIII. Ser recluido en lugares especiales cuando sea sujeto a prisión preventiva;

IX. Acceder a las bibliotecas e instalaciones deportivas con que se cuente; y

X. Gozar de un seguro de vida, en términos de las disposiciones legales apli-cables.

B. Obligaciones:

I. Generales:

a) Conducirse siempre con dedicación y disciplina, así como con apego al orden jurídico y respeto a los derechos humanos y garantías reconocidos en la Constitución Federal;

b) Preservar la secrecía de los asuntos que por razón del desempeño de su función conozcan, en términos de las disposiciones aplicables;

c) Cumplir sus funciones con absoluta imparcialidad y sin discriminación alguna;

d) Observar un trato respetuoso con todas las personas, debiendo abstenerse de todo acto arbitrario y de limitar indebidamente las acciones o manifestaciones

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que en ejercicio de sus derechos constitucionales y con carácter pacífico realice la población;

e) Velar por la integridad física y psicológica de las personas detenidas, ya sea por la probable comisión de un delito o de una falta administrativa;

f) Abstenerse en todo momento de infligir o tolerar actos de tortura, aun cuando se trate de una orden superior o se argumenten circunstancias especiales, tales como amenaza a la seguridad pública, urgencia de las investigaciones o cualquier otra; al conocimiento de ello, lo denunciará inmediatamente ante la autoridad competente;

g) Desempeñar su misión sin solicitar ni aceptar compensaciones, pagos o gratificaciones distintas a las previstas legalmente. En particular se opondrán a cualquier acto de corrupción y en caso de tener conocimiento de alguno, deberán denunciarlo;

h) Utilizar los protocolos de investigación, de atención y demás que se establezcan para el desempeño de sus funciones, así como de cadena de custodia adoptados por las Instituciones de Seguridad Pública;

i) Participar en operativos y mecanismos de coordinación con otras Instituciones de Seguridad Pública, así como brindarles, en su caso, el apoyo que conforme a derecho proceda;

j) Abstenerse de disponer de bienes asegurados para beneficio propio o de terceros;

k) Preservar, conforme a las disposiciones aplicables, las pruebas e indicios de probables hechos delictivos o faltas administrativas de forma que no pierdan su calidad probatoria y se facilite la correcta tramitación del procedimiento correspondiente;

I) Abstenerse de sustraer, ocultar, alterar o dañar información o bienes en perjuicio de las Instituciones;

m) Abstenerse conforme a las disposiciones aplicables, de dar a conocer por cualquier medio a quien no tenga derecho, documentos, registros, imágenes, constancias, estadísticas, reportes o cualquier otra información reservada o confidencial de la que tenga conocimiento en ejercicio y con motivo de su empleo, cargo o comisión;

n) Atender con diligencia las solicitudes de auxilio que se les formulen, o en su caso, turnarlo al área competente;

ñ) Abstenerse de introducir a las instalaciones de sus instituciones o consumir dentro o fuera de ellas en el ejercicio de sus funciones, bebidas embriagantes, sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras sustancias adictivas de carácter ilegal, prohibido o controlado salvo cuando sean producto de detenciones, cateos, aseguramiento u otros similares y que previamente exista la autorización correspondiente;

o) Abstenerse de realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de las Instituciones, dentro o fuera del servicio;

p) Evitar que personas ajenas a sus instituciones realicen actos inherentes a las atribuciones que tenga encomendadas. Asimismo, no podrá hacerse acompañar de dichas personas al realizar actos de servicio;

q) Abstenerse de instruir a sus subordinados la realización de actividades ajenas al servicio de seguridad pública;

r) Someterse a evaluaciones periódicas para acreditar el cumplimiento de sus requisitos de permanencia, así como obtener y mantener vigente la certificación respectiva;

s) Informar al superior jerárquico, de manera inmediata, las omisiones, actos indebidos o constitutivos de delito, de sus subordinados o iguales en categoría jerárquica;

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t) Cumplir y hacer cumplir con diligencia las órdenes que reciban con motivo del desempeño de sus funciones, evitando todo acto u omisión que produzca deficiencia en su cumplimiento;

u) Fomentar la disciplina, responsabilidad, decisión, integridad, espíritu de cuerpo y profesionalismo, en sí mismo y en el personal bajo su mando;

v) Recibir denuncias anónimas e inmediatamente hacerlo del conocimiento del Ministerio Público a efecto de que éste coordine la investigación;

w) Entrevistar a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento para la investigación, bajo la conducción y mando del Ministerio Público;

x) En operativos, portar o utilizar únicamente los equipos de radiofrecuencia, de telefonía o cualqu¡er otro dispositivo de comunicación que les hayan sido proporcionados por la lnstitución a la que pertenecen;

y) Realizar sus atribuciones con estricto apego a las disposiciones normativas con perspectiva de género;

z) Las...

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