Disolución y liquidación simplificada

AutorRené Ruiz Rojas
Páginas63-69
DISOLUCION Y LIQUIDACION SOCIEDADES MERCANTILES 63
CAPITULO IV
DISOLUCION Y
LIQUIDACION SIMPLIFICADA
El hombre nunca sabe de lo que es
capaz hasta que lo intenta.
Charles Dickens
En el Diario Oficial de la Federación el día 24 de enero de 2018
se publicó el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas
disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, incor-
porándose la denominada “disolución y liquidación simplificada”,
teniendo como razón de ser para su creación lo siguiente:
La facilitación del proceso de cierre de empresa promueve la
eficiencia dinámica del Mercado, al facilitar la salida de empre-
sas poco eficientes, lo que promueve la reutilización de recur-
sos en actividades más productivas.
Es necesario facilitar el proceso completo de las etapas de la
vida de una empresa para que se impulse la creación de las
mismas.
Un proceso de apertura, aunque sea simplificado y sencillo,
si se acompaña de un proceso complejo y costoso de cierre
puede reducir sustancialmente los incentivos de un empren-
dedor para iniciar un negocio, mermando los esfuerzos alcan-
zados por la etapa inicial, por esta razón, es necesario incluir
en la estrategia de simplificación administrativa los trámites de
cierre de empresas.
Finalmente, la construcción de este modelo de simplificación pa-
ra disolver y liquidar un ente mercantil se debe a que:
a) Las sociedades inscribieron su acuerdo de liquidación y di-
solución en el Registro Público de Comercio (RPC) y no con-
cluyeron el proceso.
b) Las sociedades inscribieron el balance final de liquidación,
pero no han cancelado la inscripción en la sociedad mercan-
til en el RPC.

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