Sentencias condenatorias al Estado mexicano dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y sus implicaciones en el orden jurídico nacional / Sentences Handed Down by the Inter-American Court of Human Rights and its Implications for the Mexican Legal Order

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AutorLaura Rangel Hernández
CargoMiembro del Instituto Mexicano de Derecho Procesal Constitucional.
Páginas160-186
160
IUS 24 | INVIERNO 2009 REVISTA DEL INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA
* Recibido: 4 de julio de 2011. Aprobado: 27 de julio de 2011.
** Miembro del Instituto Mexicano de Derecho Procesal Constitucional.
(laurarangelhernandez@yahoo.com).
RESUMEN
En este trabajo se hace un recuento de la postu-
ra que ha adoptado México frente a las diversas
resoluciones del sistema interamericano de pro-
tección de derechos humanos, del cual forma
parte. Se analiza el contexto de las sentencias,
sus peculiaridades, las reparaciones que hay
que implementar y, en especial, los efectos que
han provocado en el orden jurídico mexicano.
Se destaca la problemática relativa al cumpli-
miento de las sentencias, así como las obliga-
ciones muy particulares que de ellas se derivan,
tales como la necesidad de modif‌i car normas,
interpretaciones jurisprudenciales, crear nuevas
disposiciones jurídicas, implementación del con-
trol de convencionalidad, entre otras. Todo esto
dentro del marco del Estado constitucional de
derecho.
PALABRAS CLAVE: Derechos humanos, sen-
tencias condenatorias, implicaciones al orden
jurídico nacional, Corte Interamericana de De-
rechos Humanos.
ABSTRACT
In this paper, we present an account of the po-
sition of Mexico into the Inter-American Sys-
tem of Protection of Human Rights, the jud-
gments against this country, analyzing their
context, peculiarities, the remedies that must
be implemented, and particularly the effects
that have resulted in the Mexican legal system.
It highlights the issues concerning the enfor-
cement of sentences and the specif‌i c obliga-
tions that f‌l ow from them, such as the need to
modify rules, judicial interpretations, creating
new legal provisions, the performance of “con-
trol of conventionality”, among others. All this
within the framework of the constitutional rule
of law.
KEY WORDS: Human rights, conviction sen-
tences, legal national implications, Inter-Ame-
rican Court of Human Rights.
Sentencias condenatorias al Estado mexicano
dictadas por la Corte Interamericana
de Derechos Humanos y sus implicaciones
en el orden jurídico nacional*
Sentences Handed Down by the Inter-American
Court of Human Rights and its Implications
for the Mexican Legal Order
Laura Rangel Hernández**
REVISTA DEL INSTITUTO DE CIENCIAS
JURÍDICAS DE PUEBLA, MÉXICO, AÑO V
NO. 28, JULIO-DICIEMBRE DE 2011, PP. 160-186
IUS
161
SENTENCIAS CONDENATORIAS AL ESTADO MEXICANO...
Sumario
1. Estado constitucional de derecho y derecho internacional de los derechos humanos
2. Referencia al sistema interamericano y la posición de México
Participación de México en el sistema interamericano
3. Las sentencias condenatorias al Estado mexicano y sus principales efectos en el orden
jurídico mexicano
A) Jorge Castañeda vs. México
C) Caso Radilla Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos
D) Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú vs. México
E) Caso Cabrera García y Montiel Flores vs. México
4. Otras implicaciones de las sentencias condenatorias
A) Cumplimiento de las sentencias
B) Implicaciones directas a normas jurídicas nacionales
C) Control de convencionalidad y de constitucionalidad
5. Conclusiones
1. Estado constitucional de derecho y derecho internacional
de los derechos humanos
Un gran cambio de paradigmas ha operado en la mayoría de los Estados actua-
les, avanzando hacia su constitucionalización1 y dejando atrás las concepciones
decimonónicas que se basaban en la superioridad de la ley y que no tenían como
objetivo central la protección de la dignidad humana.2
Algunas de las características que se reconocen en el “Estado constitucional
de derecho” son la subordinación de la legalidad a Constituciones rígidas, el
cambio de las condiciones de validez de las leyes; además de la determinación
de las formas legislativas, se imponen prohibiciones y obligaciones de contenido
relativas a los derechos (incluidos los sociales); además presupone principios
fundamentales, como son: la dignidad humana, libertad, igualdad, relativos a
la estructura y f‌i nes del Estado de derecho democrático y social, y en especial
la especial posición de los derechos fundamentales;3 sin olvidar el control cons-
1 GUASTINI sostiene que la constitucionalización de los Estados es una cuestión de grado, según se cumplan diversas
condiciones que plantea. Cfr. GUASTINI, RICCARDO. “La constitucionalización del ordenamiento jurídico”, en CARBONELL,
MIGUEL (coord.). Neoconstitucionalismo(s), Trotta, España, 2003.
2 Para una comprensión de algunos de estos cambios, véase VIGO, RODOLFO. De la ley al derecho, Porrúa, México, 2005.
3 FERRAJOLI, LUIGI. “Pasado y futuro del Estado de derecho”, y ALEXY, ROBERT. “Los derechos fundamentales en el Estado
constitucional democrático”, ambos en CARBONELL, MIGUEL (coord.). Neoconstitucionalismo(s), cit.

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