Del dicho al hecho... El reto de lograr políticas públicas municipales eficientes. El caso de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

AutorVerónica Cobo-Téllez
Páginas11-49
Revista Legislativa de Estudios Sociales y de Opinión Pública, vol. 12, núm. 25, may.-agos. 2019, pp. 11-49.
Fecha de recepción: 22 de marzo de 2019. Fecha de aceptación: 23 de abril de 2019.
Del dicho al hecho… El reto de lograr políticas
públicas municipales eficientes. El caso
de la Ley General de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes
Verónica Cobo-Téllez*
Resumen: El 4 de diciembre de 2014 se publicó la Ley General de los De-
rechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), la cual los reconoce como
sujetos de derechos y concibe de forma integral y estructurada la pro-
tección de este grupo de la población. Sin embargo, las leyes generales,
como la LGDNNA, suelen reparar a detalle en las atribuciones, funciones y
obligaciones de las autoridades federales, en su caso estatales, pero en
ocasiones parecen limitar la acción de los municipios, o la supeditan a
las disposiciones de las entidades, a pesar de que el ámbito municipal es
el más cercano a la gente; por tanto, las acciones y políticas públicas que
pueden generarse y operarse parecen depender de la forma en que las le-
yes estatales interpretan la LGDNNA, quedando a expensas de la existencia
o no de voluntades, compromiso, personal calif‌i cado, visión compartida,
permanencia del personal capacitado, recursos disponibles y capacidades
instaladas. Parece necesario repensar la LGDNNA, en el sentido de que, para
lograr sus objetivos, debiera reforzar las facultades y atribuciones munici-
pales, sentando bases operativas sólidas y objetivas para su cumplimiento,
evitando términos que supediten la acción de los ayuntamientos a inter-
pretaciones de las leyes estatales, así como a las vicisitudes políticas y ad-
ministrativas que, además de volver heterogénea su aplicación en el país,
en muchas ocasiones la complica.
Palabras clave: reformas constitucionales en materia de derechos
humanos, Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
(LGDNNA), de leyes a políticas públicas, perspectiva de derechos huma-
nos, municipios, Sistemas de Protección Integral de NNA (SIPINNA), niñas,
niños y adolescentes al centro de la acción pública.
* Verónica Cobo-Téllez. Licenciada en Humanidades, Universidad de las Américas,
Puebla. Coordinadora consultiva de la Unidad de Atención Social de la Secretaría Gene-
ral de Gobierno del Estado de Puebla. Correo electrónico: veroctz@hotmail.com
12 Revista Legislativa de Estudios Sociales y de Opinión Pública
VERÓNICA COBO-TÉLLEZ
From the saying to the fact ... The challenge of achieving
eff‌i cient municipal public policies. The case
of the General Law of the Rights
of Girls, Boys and Adolescents
Abstract: On december 4, 2014 it was published The Childhood Rights
General Law (LGDNNA) in Mexico, that recognizes them as subjects of
rights and conceive in an integral and structured way the protec-
tion of this population group. But nevertheless, general laws like the
LGDNNA detail federal or state authorities attributions, functions and
obligations but almost seems to limit municipalities actions, or su-
bordinate it to the provisions of the entities, although municipalities
is the level of government closest to the people. Thus public actions
and politics they seem to depend on the way that state laws interpret
LGDNNA, being at the expense of the existence or inexistence of wills,
commitment, qualif‌i ed personnel, available resources and installed
capacities. It seems necessary rethink the LGDNNA, in the understan-
ding that, to achieve its goals it should reinforce the faculties and
municipal attributions, laying solid and objective operational bases for
compliance, avoiding terms that make the municipal action subject to
interpretations of state laws as well as the political and administrative
vicissitudes that, in addition to making its application in the country
heterogeneous, and in many cases complicate it.
Keywords: Constitutional reforms on human rights, children
rights general law, from laws to public policies, perspective of human
rights, municipalities, integral protection systems for children, chil-
dren at the center of public action.
Introducción
Las reformas constitucionales de junio de 2011, que colocaron a la
persona y al respeto de los derechos humanos en el centro de la acción
pública, motivó la revisión y, en su caso, la creación de diversas leyes
en México, entre ellas las que tienen como objetivo la protección de
grupos específ‌i cos de la población.
Los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes (NNA),
quienes sumaban 32.7% (19,351,565 mujeres y 19,875,179 hombres
de 0 a 17 años), de los más de 119 millones de personas que habita-
ban en el país hasta 2015 (Inegi, 2018), históricamente han sido invi-
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VOLUMEN 12 • NÚMERO 25 • MAYO-AGOSTO DE 2019
DEL DICHO AL HECHO... EL RETO DE LOGRAR POLÍTICAS PÚBLICAS MUNICIPALES EFICIENTES
sibilizados. Fue hasta la publicación de las mencionadas reformas, en
especial al artículo 4°, que han sido reconocidos plenamente:
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con
el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena
sus derechos.
Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades
de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarro-
llo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento
y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
El párrafo fue adicionado en 1980 y reformado en 2000 y 2011. Sin
embargo, fue hasta el 4 de diciembre de 2014 que se publicó la Ley General
de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), la cual concibe de
forma integral y estructurada la protección de este grupo de la población.
Hablar de leyes generales, para el caso [...] ref‌i ere un tipo de ley cuya función
constitucional en un Estado en el que coexisten diversos órdenes competen-
ciales, como el caso del (…) Federal, es la de “distribuir” (...) competencias
entre dos o más órdenes de gobierno (en donde) el término “general” se utiliza
en sentido restringido a (...) algunas materias, que están simultáneamente
otorgadas, por su peculiar naturaleza, expresamente a la Federación y a las
entidades federativas, incluso a los municipios (…) un texto normativo (que)
establezca la distribución o reparto de acciones que cada orden de gobierno
debe llevar a cabo respecto de la materia “concurrente” (Gutiérrez, 2012: 3-6).
En efecto, las leyes generales muchas veces reparan a detalle en
las atribuciones, funciones y obligaciones de las autoridades federa-
les, en su caso estatales, pero en ocasiones parecen limitar la acción
de los municipios, o la supeditan a las disposiciones de las entidades,
a pesar de que el ámbito municipal es el más cercano a la gente, por
tanto, el de aplicación más directa de las políticas públicas.
Para muestra, un botón... La LGDNNA deja a nivel estatal parte impor-
tante de la operación de acciones para su cumplimiento, limitando y en
casos obstaculizando, la acción municipal y la generación de políticas
públicas, derivadas del cumplimiento de la ley, que en efecto protejan

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