Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor
Autor | Zujey García Gasca |
Cargo | Servidora pública adscrita al Centro de Estudios en Derechos Humanos de la Codhem |
Páginas | 15-16 |
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Acordes y letras
La Organización de las Naciones Unidas para la Educa-
ción, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en 1995 declaró el
23 de abril como el Día Mundial de Libro y los Derechos
de Autor, esto porque los libros contribuyen a fomentar
el conocimiento y a difundir la educación, la ciencia, la
cultura y la información en todo el mundo con lo cual
se impulsa el progreso social y cultural de la humani-
dad. Se eligió esta fecha para su conmemoración porque
coincide con los aniversarios luctuosos de tres grandes
escritores: Cervantes, Shakespeare e Inca Garcilaso de la
Vega, quienes fallecieron en 1616.
Al marco de esta celebración se han sumado muchos
países, y cada año se fomenta un nuevo programa para
incentivar la lectura, en esta ocasión el comité de selec-
ción declaró a la ciudad de Conakry, capital de Guinea,
como la Ciudad del Libro debido a la calidad y la diversi-
dad de su programa, en particular, por la atención que
presta a la participación de la comunidad, así como su
presupuesto bien estructurado y objetivos de desarrollo
claros, que se centran en la juventud y la alfabetización.
Fue
muy acertado que la Unesco haya considerado no
sólo el reconocimiento del libro como un objeto ma-
terial, sino que al mismo tiempo manifestara (a través
de esta c
onmemoración) su intención por garantizar los
derechos del autor, esto a fin de seguir fomentando la
creatividad. La necesidad de protección de las obras ori-
ginales fue manifestada incluso antes de la aparición de
la imprenta; en el año 25 a. de C., Marco Vitruvio (arqui-
tecto, escritor, tratadista e ingeniero romano), en su Li-
bro Séptimo, De architectura, manifestó: “así como hay
que tributar merecidas alabanzas a éstos, incurren en
nuestra severa condenación aquellos que, robando los
escritos a los demás, los hacen pasar como propios. Y de
la misma manera, los que no sólo utilizan los verdaderos
pensamientos de los escritores, sino que se vanaglorian
Día Mundial del Libro
y del Derecho de Autor
Zujey García Gasca
de violarlos, merecen reprensión, incluso un severo cas-
tigo como personas que han vivido de una manera im-
pía” (Editorial Ciencias Médicas).
No obstante, fue hasta la instauración de la imprenta
cuando también surgió la imperiosa necesidad de pro-
teger no sólo al objeto como propiedad material, sino
sus múltiples reproducciones como fuentes de propie-
dad intelectual. En 1710 se otorgó la primera protección
formal al derecho de autor a través del Estatuto de la
Reina Ana de Inglaterra, que creó el derecho exclusivo a
imprimir. En España, la primera ley fue emitida en 1762,
mientras que en Francia fue hasta después de la Revo-
lución francesa, en 1791, cuando se suprimieron los pri-
vilegios de los impresores y surgió el derecho de autor a
favor de los creadores, ya que en este proceso, el Estado
controlaba las producciones con un doble fin: proteger a
quienes invertían en la difusión de obras y controlar esta
nueva fuente de oposición al poder.
Sin embargo, casi un siglo después cuando los impre-
sores del libro empezaron a tener mayores prebendas,
incluso más que el mismo autor, se convocó a una reu-
nión de intelectuales con el fin de crear un instrumento
legal para proteger las obras literarias y artísticas, éste
fue el Convenio de Berna que se firmó el 9 de septiem-
bre de 1886, y fue el punto de partida a lo largo de más
de un siglo, ha contado con otras reuniones igualmente
importantes como la Convención Universal y el Convenio
de Roma, por citar algunas, para sentar bases de pro-
tección para los creativos intelectuales. Cabe mencionar
que existe un organismo especializado de las Naciones
Unidas (ONU), que apoya y agrupa a más de cien países, y
cuya misión es la salvaguarda del quehacer intelectual,
su nombre es Organización Mundial de la Propiedad In-
telectual (OMPI) y su sede se encuentra en Ginebra, Suiza.
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