Solicitudes de devolución y avisos de compensación. A partir de septiembre no se podrán tramitar en papel, sólo en forma electrónica

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Mediante la Cuarta Resolución de modificaciones a la RMF para 2010, se reformaron y adicionaron las reglas I.2.5.1, I.2.5.2, I.2.5.3, I.2.5.4, I.2.5.5, I.12.4, II.2.3.1, II.2.3.2, II.2.3.3, II.2.3.4, II.2.3.5, II.2.3.6 y II.2.3.7 de la misma resolución. En términos generales, los cambios verificados fueron a efecto de que las solicitudes de devolución de saldos a favor de contribuciones, así como los avisos de compensación, ya no se presenten utilizando los formatos impresos (formas 32 y 41, respectivamente), sino mediante formatos electrónicos. Dicha resolución entró en vigor el 25 de mayo de 2011.

Sin embargo, el artículo cuarto transitorio de la Cuarta Resolución precisó que los formatos en papel referidos podrían seguir utilizándose hasta el 30 de junio de 2011.

Por su parte, el...

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