Los deudores tributarios y su derecho a la intimidad

AutorSilvino Vergara Nava
CargoLicenciado en Derecho por la Escuela Libre de Derecho de Puebla, A.C., Maestro en Derecho por la Universidad Iberoamericana (UIA)
Páginas34-37

Page 34

"Una injusticia hecha a uno sólo, es una amenaza hecha a todos"

Montesquieu

De las múltiples reformas fiscales que se presentaron para este año de 2014, se encuentra una de las que ha causado más polémica en cuanto a sus alcances y que consiste en la regulación del denominado secreto fiscal -artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

Page 35

Page 36

Dicho artículo, señala que las autoridades no pueden divulgar la información de la que cuentan en sus archivos y expedientes respecto de sus contribuyentes, salvo ciertas excepciones, como es sobre todo una orden judicial.

Sin embargo, en esta multicitada reforma, se estableció como excepción a dicho secreto fiscal que se permita a la autoridad fiscal la publicación en su página electrónica de aquellas personas que tienen adeudos fiscales con las autoridades fiscales, los que se encuentran sentenciados por delitos fiscales, así como aquellos que la autoridad no localiza en su domicilio fiscal, y los que han obtenido alguna condonación o bien, cancelación de créditos fiscales.

Esta institución del secreto fiscal, lo que tutelaba -ahora ya no es así- es el denominado -entre otros derechos fundamentales- derecho a la intimidad: "Es el derecho personalísimo que protege la reserva espiritual de la vida privada del hombre, asegurando el libre desenvolvimiento de éste en lo personal, en sus expresiones y en sus efectos." (ZAVALA, Ma-tilde M, Derecho a la intimidad. Abeledo Perrot, Buenos Aires, 1982). No obstante, el que se hagan públicas estas listas que siempre ha tenido la autoridad fiscal en sigilo, representa de inicio, disminuir el nivel de respeto que debe tener la autoridad con sus gobernados.

Al respecto cita Fernando Savater: "El príncipe no puede comportarse con sus súbditos de una manera indigna o brutal impunemente, pues tratar a los hombres como fieras termina por convertirlos realmente en fieras y el orden social no resiste la ferocidad generalizada" (SAVATER, Fernando, La Tarea del héroe. Madrid, 2009). Lo cierto es que existe un nivel mínimo de respeto que deben de mantener las autoridades con sus contribuyentes, simplemente por tratarse de seres humanos, pero principalmente por la necesidad que tiene el Estado de hacerse respetar por su propia población, pues el respeto de su pueblo, no es únicamente por su fuerza policial o militar, ni con el uso desmedido del derecho penal y sus castigos, es principalmente con la demostración explicita que sus actuaciones como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR